INE. Consejeros Electorales Estatales.
Cuestión Pública
Por: luis lauro carrillo Soto
Tamaulipas México.- “Vale más tener leyes malas y jueces buenos que leyes buenas y jueces malos” frase célebre del político español Gumersindo de Azcárate y Menéndez; (1840-1917).
Viene a colación lo anterior por las facultades del árbitro del país en materia de elecciones, el Instituto Nacional Electoral (INE) de nombrar y/o remover a los consejeros electorales estatales, como una forma de evitar la manipulación de los procesos comiciales por parte de los gobernadores.
Sobra decir que los gobernadores provenientes de cualquier partido político controlan prácticamente todo en su estado: el congreso y el tribunal superior de justicia, las presidencias municipales, las Comisiones estatales de derechos humanos, los Institutos de acceso a la información etc. y hasta los medios.
De ahí que la designación de los integrantes de los institutos estatales que antes correspondía a los congresos de cada entidad, ahora le fue encomendada al INE conforme a la reforma político-electoral y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Con la reforma quedan enterrados en el pasado los procedimientos simulados con cariz democrático de convocatoria abierta por parte las legislaturas estatales para la designación de consejeros electorales, cuyo único propósito era legitimar a los agraciados más afines al establishment.
Ahora bien quien aspire a ser consejero electoral estatal tendrá que pasar una prueba que incluirá, entre otras cuestiones, presentar un examen de conocimientos, escribir un ensayo y sostener una entrevista en el Instituto Nacional Electoral (INE).
Por tanto estas reglas forman parte de los lineamientos para la designación de los consejeros electorales de los organismos públicos locales (OPLES) que el Consejo General del INE aprobó por unanimidad durante su reciente sesión.
Por su parte el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, señaló que los lineamientos son una «pieza central» para que el instituto pueda cumplir con sus nuevas tareas.
«Establecer reglas claras y que éstas se conozcan es la mejor manera de evitar arbitrariedades, discrecionalidad, y poder sortear, exitosamente, cualquier intento de injerencia externa al Instituto Nacional Electoral en esta delicada y crucial tarea», dijo.
De tal suerte que con esto se busca garantizar que los consejeros locales sean funcionarios imparciales, al hacer que su nombramiento dependa del árbitro electoral nacional y no de los gobernadores, ni de las fuerzas políticas locales.
En ese tenor el INE debe cumplir con la tarea de elegir a los 119 consejeros de las 17 entidades que tendrán comicios en junio de 2015 y designar a los 105 consejeros, correspondientes a las 15 entidades restantes, en las que el año entrante no habrá contiendas electorales.
De igual manera con el objeto de promover la equidad entre mujeres y hombres en los institutos locales, los integrantes del árbitro electoral acordaron elegir a no más de cuatro funcionarios de un mismo género por cada estado.
Cabe indicar que las entidades que tendrán elecciones el próximo año son Baja California Sur, Campeche, Colima, Guanajuato, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y Sonora, donde se elegirá gobernador, diputados y alcaldes; Chiapas, Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Morelos, Tabasco y Yucatán, donde se votará por diputados locales y alcaldes.
En definitiva la reforma electoral y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales recién aprobadas constituyen una forma de impedir que los gobernadores manipulen en los procesos electorales quienes en los hechos se convirtieron en una suerte de señores feudales. Por consiguiente vale más tener jueces electorales buenos y leyes malas y no a la inversa.
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