Estado

ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CODEHT

Cuestión Pública
Por: luis lauro carrillo Soto

ASPIRINTES CESDH-2

Tamaulipas México.- El nuevo Ombudsman debe responder a una profunda filosofía humanista, a una vocación de servicio, a la nobleza de sus ideales que pretende realizar para ganar la aceptación, confianza y credibilidad de la sociedad, que exige respeto a sus derechos humanos, para impedir la impunidad de los que aun no asumen el compromiso de respetar las libertades fundamentales.

Viene a cuento lo anterior por la aprobación de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, de la lista de los ocho candidatos que cumplieron con los requisitos correspondientes para ocupar la presidencia de la Comisión Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas (CODEHT), cuyo dictamen será enviado al Pleno, en donde los Diputados elegirán al presidente del citado organismo.

Al efecto los candidatos a dirigir la CODEHT que participaron en el proceso de entrevistas son: Enrique Lázaro López Sanavia, José de Jesús Guzmán Morales. Roberto Huerta Ramos, Francisco Javier Álvarez de la Fuente, José Martín García Martínez, Alfonso Manuel Moreno Castillo, María Taide Garza Guerra y Jorge Manautou Saucedo.

La ciudadanización del Ombudsman tamaulipeco en teoría constituye una garantía para que el Consejo Consultivo adopte decisiones con autonomía e independencia, representando además la vía natural para acercarse en forma permanente a la sociedad tamaulipeca en su conjunto.

En un plano ideal, la designación del presidente y consejeros de la Comisión, deberían ser aquellos candidatos en donde se privilegie, el perfil profesional, la calidad moral e intelectual, el conocimiento demostrado en la promoción, difusión y defensa de los derechos humanos, los méritos y trayectorias, sin tomar en cuenta las cuotas partidistas ni los vetos políticos.

Cabe señalar que en el actual procedimiento son los partidos políticos representados en el Congreso los que revisan, “evalúan” y toman la decisión de la designación del presidente y de los 6 consejeros, que mas allá de sus prendas académicas y acreditar conocimiento y “experiencia” en derechos humanos, deben pasar la prueba fundamental final de resultar los más afines al establishment.

De ahí que la actuación de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, presidida por Arsenio Ortega Lozano, integrada además por Aida Zulema Flores Peña, Eduardo Hernández Chavarría, Juan Báez Rodríguez, Olga Patricia Sosa Ruíz, y demás especímenes, solo fue un montaje con cariz democrática, para la legitimar el proceso eleccionario aposteriori.

La opacidad camuflada con que se lleva el procedimiento, plantea un hipotético escenario en el sentido si se celebrará un debate sobre la cultura en materia de Derechos humanos y funcionamiento de la CODEHT, entre los futuros nuevos consejeros y aspirantes desechados, los primeros no saldrían bien librados, pese a los blasones académicos y “experiencia” de los propuestos a designación.

En ese tenor no tiene sentido simular un procedimiento con apariencia democrático de convocatoria abierta, que solo tiene como propósito la legitimación del proceso eleccionario y de paso a los palomeados.

Tomando en cuenta de que no existe una metodología eficaz que comprenda exámenes sicométricos y de conocimientos por exámenes de oposición, se fingió evaluar con una metodología tan elemental por no decir deficiente a los aspirantes que de buena fe respondieron al llamado de la convocatoria.

Una verdad de a kilo es que son los partidos políticos de acuerdo a su peso específico y a través de sus bancadas parlamentarias los que operan la designación o reelección de los consejeros y presidente de la Comisión de Derechos Humanos, que resulten más afines, a su programas de acción y declaración de principios partidista.

Lo realizan porque la ley de la Comisión de Derechos Humanos y la ley Orgánica del Congreso tienen la trampa y la solución, tienen la facultad de hacerlo, porque el procedimiento de elección así lo establece y porque de acuerdo a los precedentes así lo indican, por lo que en este proceso también así aconteció.

Sin embargo el Congreso del estado paso por alto los artículos 14 y 19 de la Ley de la Comisión de derechos Humanos que establecen que los consejeros y el presidente deben ser electos previa consulta pública, la cual no se ha realizado, cuya omisión traerá como consecuencia su nulidad, lo que se hizo públicamente fueron las entrevistas a los aspirantes que no constituyen consulta a la sociedad.

Por otro lado el ombudsman Bruno del Rio Cruz su desempeño fue decepcionante y conformista para “mejorar el pobre historial” que en materia de garantías individuales existe en Tamaulipas, ni se preocupo por impulsar a las instituciones del estado a reparar los abusos, ni promovió reformas necesarias para prevenir abusos en el futuro, ni se opuso a leyes y prácticas abusivas

La pregunta obligada que surge es ¿Los prospectos a nuevo presidente y consejeros tendrán el perfil profesional para prevenir a la burocracia estatal de los actos de ilegalidad, indiferencia , prepotencia, arrogancia y despotismos, que bloqueen, demeritan y obstaculizan la buena marcha de la administración pública?

En definitiva la elección del nuevo presidente de la comisión Estatal de Derechos humanos, por parte del Congreso del Estado, al parecer esta tan bien planchada misma que habrá de ser aprobada por unanimidad por los diputados, sin necesidad de que el tricolor tuviere que recurrir a la mayoría calificada.

lucarrso@hotmail.com
Twitter: @luiscarrs
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