Tamaulipas es blandito contra el acoso sexual
La entidad, junto a Baja California Sur y Quintana Roo tienen las sanciones de prisión más cortas, van desde seis meses hasta un año. Mientras que Coahuila y Guerrero lo castigan hasta con cinco años.
CRISTINA GÓMEZ
Tamaulipas es uno de los estados que menos castigan el acoso sexual, junto con Baja California Sur y Quintana Roo, ya que aplican sanciones más blanditas contra los agresores, las cuales van desde seis meses hasta un año.
Sin embargo, es de las 16 entidades que tienen tipificado este delito, aunque no focaliza el acoso callejero, que es una de las agresiones más comunes que padecen las féminas en los espacios públicos.
Al respecto, el abogado Eustacio Reyes Hernández, dijo que urge legislar para atacar el problema de una forma más contundente, pues es el pan de cada día en nuestro país y sin embargo permanece impune.
“Es una pena mínima que no compensa de algún modo la afectación que se produce a una mujer cuando se le hace víctima de acoso sexual”, expuso el coordinador de abogados especialistas en juicios orales. Señaló que también se debe incluir en la ley la modalidad del acoso en espacios públicos y actuar en consecuencia.
Hizo mención de la iniciativa que presentó una diputada de Nayarit, Geraldine Ponce para castigar con rigor el acoso callejero y en donde pide que las víctimas reciban atención médica y psicológica de urgencia, y es que en el Código Penal Federal no está tipificado el delito de acoso sexual.
“En las entidades federativas, solo en 16 de 32 el acoso sexual está tipificado, mientras que en otras dos se contempla un tipo penal denominado asedio sexual.
Esto debido a que la atención de los legisladores y de las autoridades gubernamentales se ha centrado mayoritariamente en sancionar y prevenir el hostigamiento sexual, que es una conducta mucho más visible debido a la existencia de una relación formal de subordinación entre el imputado y la persona ofendida”, refiere la iniciativa en cuestión.
Así se castiga el delito en el país Indica que solo 16 estados tienen tipificado como delito el acoso sexual siendo estos Baja California Sur, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Coahuila, Tamaulipas, San Luis Potosí, Guanajuato, Querétaro, Estado de México, Guerrero, Puebla, Veracruz, Campeche, Quintana Roo y la Ciudad de México. En el resto, así como en el Código Penal Federal, solo se tipifica, con su correspondiente sanción, el hostigamiento sexual.
Coahuila y Guerrero son las entidades que cuentan con las penas de prisión más altas derivadas de acoso sexual, ya que van desde uno hasta 5 años de prisión. En Guerrero, si el delito se comete contra un menor de edad, la pena puede incrementarse hasta 8 años. En contraste, Baja California Sur, Quintana Roo y Tamaulipas tienen las sanciones de prisión más cortas, van desde seis meses hasta un año.
Puebla es el único estado en el que no hay pena de prisión para el acosador, solo sanción económica. Mientras que en Campeche no está tipificado ni el acoso ni el hostigamiento sexual, pero se menciona el asedio sexual, el que con fines sexuales asedie a una persona, a pesar de su oposición manifiesta, se le impondrán de tres meses a 2 años de prisión y una multa de 50 a 200 días de salario.
Ponce propone adicionar un artículo 259 Ter del Código Penal Federal, en el cual se introduce la definición del delito, la penalidad correspondiente y sus agravantes. De tal manera quedaría tipificado el delito de acoso sexual en espacios públicos y/o en espacios privados de acceso público.
Este delito será cometido por quien realice conductas verbales o corporales lascivas que afecten o perturben el derecho a la integridad física y psicológica de toda persona, causándole intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo.
A quien cometa este delito, se le impondría de uno a tres años de prisión, y hasta cien días multa. Asimismo, si se comete en contra de mujeres, menores de edad, adultos mayores, o personas con discapacidad, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.
FUENTE MILENIO