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Esto ya no lo podrás hacer a partir de la Ley Home Office

Ya no podrás hacer teletrabajo desde una cafetería, ya que a partir de este 5 de diciembre entró en vigor la NOM-037, mejor conocida como Ley Home Office, una iniciativa que otorga obligaciones de seguridad y salud a los empleadores, pero también algunas a los trabajadores para cumplir de forma adecuada sus labores.

Después de que la pandemia de covid-19 en 2020 trajera el trabajo a distancia como una opción para muchas personas, principalmente de oficinas, las empresas adecuaron esta modalidad a su manera y condiciones, por lo que no era una modalidad regulada.

Pero esto cambiaría, ya que en junio de 2023 se acordó la a NOM-037 que se enfoca en el teletrabajo y sus condiciones, y ahora seis meses después fue aprobada para su implementación.

Esta nueva norma establece que todo trabajador que realice el 40 por ciento de sus actividades en un domicilio distinto al centro de trabajo aplica para esta modalidad.

Entre otras obligaciones para los empleadores se encuentran proporcionar herramientas como equipo de cómputo, celular, impresora y tinta; así como el pago proporcional por los servicios de luz e internet por el tiempo en el que se está conectado en horario laboral.

Por lo que las empresas están comprometidas a llevar un registro de sus trabajadores que laboran en la modalidad de home office y desde donde lo hacen, por lo que los empleados no se pueden mover de ese espacio de trabajo.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) informa que en esta nueva norma se debe:

  • Entregar las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el lugar de trabajo, fuera de las oficinas, con la periodicidad acordada.
  • Informar al empleador cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del teletrabajo.
  • Resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario que les proporcione el patrón para realizar home office.
  • Observar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, y someterse a los exámenes médicos.
  • Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el empleador en el desempeño de sus actividades a distancia, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
  • Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal.

Cabe recordar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó la NOM-037 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en junio pasado y les dio un semestre a las empresas para implementarla, aunque será hasta el 2024, cuándo esta norma entre en vigor y pleno cumplimiento.

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