Zona Centro Tamaulipas

Transición, bajo lupa | ABC de la entrega-recepción

*La ley obliga a la administración saliente a entregar a la entrante un informe general de los recursos materiales, humanos y financieros

El Mañana / Staff.- A una semana de arrancar formalmente el periodo de entrega-recepción en el Gobierno del Estado por el cambio de administración –entra Morena y sale el PAN–, se debe entender que es un proceso legal al que se deben someter los gobiernos cuando concluye su mandato.

PRÓXIMO PERIODO

Los tamaulipecos eligieron a Américo Villarreal Anaya como su próximo gobernador para el periodo 2022-2028, y un mes antes de tomar protesta –1 de septiembre–, debe enviar a su equipo encabezado por 10 personas, respaldadas por otras 390, que establecerán coordinación con los servidores públicos que concluirán el desempeño de sus funciones.

De acuerdo con la Ley para la entrega-recepción de los Recursos Asignados a los Poderes, Órganos y Ayuntamientos del Estado de Tamaulipas, este periodo consiste en “el acto mediante el cual un servidor público que concluye su función hace entrega, a quien lo sustituya, de los recursos humanos, materiales y financieros que le hayan sido asignados”. 

El artículo 3 obliga a la administración saliente a entregar a la entrante un informe general de los recursos materiales, humanos y financieros –hasta los restos mortuorios–, todos desglosados de manera eficiente y entendible. Este trabajo lo deben realizar todas las dependencias del Poder Ejecutivo; es decir, secretarios, hasta el nivel de jefe de departamento o equivalente.

Durante ese periodo, ningún funcionario público podrá dejar su cargo y los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el desempeño de sus funciones, sin llevar a cabo formalmente el acto de entrega-recepción correspondiente.

  • Para realizar esos trabajos, sólo se contarán con cuatro horas diarias para obtener la información relativa a los trabajos de entrega-recepción, de acuerdo con el artículo 11 de la ley.

Cada dependencia deberá entregar la relación de pasivos a corto, mediano y largo plazo respaldado por documentos e información de los proveedores y la autorización de la deuda; la relación de contratos de fideicomisos, fecha de contrato, objetivo y el patrimonio inicial.

Se debe informar la estructura orgánica de cada dependencia y las normas jurídicas que regulen su estructura y funcionamiento; la plantilla actualizada del personal con adscripción, nombre y categoría, señalándose si el trabajador es de base, sindical, extraordinario, eventual o se encuentra sujeto a contrato por tiempo fijo o por obra determinada, y detalle de su percepción mensual, indicándose el sueldo base.

En términos de recursos materiales, la administración panista deberá entregar informes sobre el mobiliario y equipo de oficina, equipo de transporte y maquinaria, equipo de comunicación, el nombre de los funcionarios que cuentan con armamento oficial, inventarios de almacenes; bienes inmuebles, inventario de programas y equipos de cómputo, así como los bienes dados de baja.

Asimismo, los recursos financieros deberán desglosarse en estados financieros, cuentas bancarias, cheques pendientes de entregar, ingresos pendientes de obtener, documentos y cuentas por cobrar, pasivos a corto, mediano y largo plazos, relación de pasivos contingentes, presupuestos autorizados, resumen de información de fondos, un arqueo de efectivo de billetes y monedas, y comprobantes de gastos de proveedores.

INFORME DE OBRAS PÚBLICAS

  • El Comité de Enlace del gobernador electo, Américo Villarreal Anaya, deberá recibir el informe de obras públicas desglosado en: inventario de obras terminadas y en proceso, relación de anticipos de obras pendientes de amortizar, y acciones de desarrollo social por tipo de inversión.
  • Los trabajos que se realizarán por el Comité de Enlace de Américo Villarreal son exclusivos para “conocer de manera general los recursos y las responsabilidades que habrán de recibirse, por lo que no podrán interferir en el desarrollo normal de las funciones oficiales, sustraer información, ni tomar posesión de bienes, antes de la entrega-recepción formal”.
  • Al concluir los 30 días marcados en la ley para la entrega-recepción, se deberá firmar un acta de conclusión, pero con un plazo de 60 días naturales para que los exfuncionarios aclaren información que requiera la nueva administración. 

POR: CHRISTIAN RIVERA

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