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TERCER INFORME DE EGIDIO TORRE CANTÙ.

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Tamaulipas México.- Constitucionalmente los informes de gobierno tienen un carácter eminentemente informativo, y deben rendirse por escrito al Congreso, pudiendo citar a los titulares de las dependencias para brindar información adicional, constituyendo en teoría un acto de control del ejecutivo por parte del Legislativo, para la evaluación del desempeño de un Gobierno.

Viene a cuento lo anterior por las comparecencias de los secretarios Manuel Rodríguez Morales de Obras Públicas; Rafael González Benavides del Trabajo; Humberto René Salinas Treviño de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente; Homero de la Garza Taméz de Desarrollo Social, Norberto Treviño García Manzo de Salud y Mónica González de Desarrollo Económico. Los tres primeros ante el pleno y los últimos ante comisiones.

Al efecto las comparecencias versarían sobre el estado que guardan sus respectivas dependencias.

La cuestión anterior no tendría nada de particular de no ser porque los diputados por ignorancia o mala asesoría, interpretaron y aplicaron mal el párrafo cuarto del artículo 93 de la constitución local, al citar erróneamente a los secretarios a informar sobre el estado que guardan sus respectivas dependencias.

¿Por qué decimos lo anterior? Porque dicha disposición establece de manera imperativa que durante el mes de noviembre, todos los titulares de las dependencias de la administración pública estatal, darán cuenta al Congreso, por escrito, del estado que guarden sus respectivos ramos. Y que aquellos solo podrán ser citados para que brinden información cuando se discuta una ley o un asunto concerniente a los ramos de su competencia.

En el presente caso dichas comparecencias se apartaron del espíritu constitucional, tomando en cuenta que no se discutió ninguna ley, ni tampoco se concretaron a un asunto específico para que los mencionados funcionarios pudieran ser citados. Por lo tanto los constructores de la ley violaron la constitución, no la cumplieron, se las pasaron por el Arco del Triunfo.

En el ámbito federal constitucionalmente las comparecencias de los miembros del gabinete, se realizan en relación al informe que, por escrito, presente el presidente de la República. Cada una de las cámaras realizará el análisis del informe y podrá solicitar al presidente de la República ampliar la información mediante pregunta por escrito y citar a los secretarios de Estado etc., quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad.

Ahora bien en la comparecencia de los seis secretarios del despacho, los legisladores exhibieron un notable rezago en materia de rendición de cuentas, con preguntas intrascendentes y cebollazos para los titulares de las dependencias, quienes sin despeinarse se lucieron, fácilmente salieron bien librados de los cuestionamiento pueriles de los diputados, evidenciando estos una falta de conocimiento profundo de los temas abordados.

De ahí que los legisladores, autores de preguntas o interpelaciones, deberían tener una profunda preparación de la materia para una eficaz rendición de cuentas. De la forma en que se realizaron tales comparecencias se convirtieron en letra muerte, improductivas, sin tener un resultado práctico, salvo la simulación.

Cabe decir que por medio de la comparecencia regulada, como acto de control parlamentario el Congreso podrá evaluar el desempeño del Gobierno e incluso contar con elementos para el fincamiento de responsabilidades, en caso de encontrar inconsistencias en su función ejecutora.

De tal manera, que la misma inspecciona, comprueba, analiza, examina, revisa y verifica la actuación o actuaciones del gobierno cuyas consecuencias pueda provocar, el debilitamiento de éste o de la mayoría parlamentaria, una incidencia en el control social o en el electorado, así como el fortalecimiento de la oposición, de la mayoría o del gobierno.

En ese tenor es preciso que el Congreso reforme el párrafo cuarto del artículo 93 de la constitución local para adecuarla a la federal, donde se incluya las comparecencias de los miembros del gabinete estatal en relación con el informe que por escrito presentado por el gobernador, pregunta parlamentaria al ejecutivo y citar a los secretarios del despacho, etc. quienes comparecerán y rendirán informes verbales o escritos bajo protesta de decir verdad.

En definitiva con el show de las comparecencias quedo evidenciado que la LXII legislatura esta por debajo de los estándares mínimos de competencia legislativa, una carencia de un eje de formación de un staff profesional, ni de trabajo de centros de estudio e investigación. Un Congreso eficaz para controlar al Ejecutivo, no sólo debe centrarse en la construcción de leyes, sino garantizar una infraestructura de control y rendición de cuentas.

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