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Consideraciones sobre el tipo de pensión para quienes nacieron en 1979

Con información de Uno TV

La determinación del tipo de pensión que corresponde a las personas nacidas en 1979 está regida por los regímenes establecidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Aquellos que comenzaron sus cotizaciones a partir de 1997, al cumplir los 18 años, entrarían en el esquema de la Ley 97, lo que implica que no tendrían derecho a una pensión vitalicia, sino que dependerían exclusivamente de los recursos acumulados en su cuenta individual de Afore.

En contraste, quienes iniciaron sus cotizaciones antes de la entrada en vigor de la Ley 97 podrían optar por el Régimen 73, donde se consideran aspectos como el número de semanas cotizadas, el salario y la edad al momento de la jubilación para determinar la pensión.

Es relevante mencionar que la Ley del IMSS 1997 establece un sistema de pensión basado únicamente en los recursos acumulados en la cuenta individual de Afore, lo que resalta la importancia de realizar aportaciones voluntarias para mejorar la pensión en el momento de la jubilación.

Aunque generalmente las personas nacidas a partir de 1979 no tendrían derecho a una pensión vitalicia, podría haber excepciones para aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Esto demuestra la complejidad del sistema de pensiones y la necesidad de considerar cada caso de manera individual.

Es importante recordar que algunas personas podrían haber comenzado a cotizar antes de los 18 años, lo que les daría acceso al Régimen 73 y, por ende, la posibilidad de obtener una pensión vitalicia. Sin embargo, estas situaciones deben analizarse caso por caso para determinar el tipo de pensión al que tendrían derecho.

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