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Los trabajadores del PRD van por el primer sindicato de un partido en México; la JLCA les niega el registro

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Un grupo de 200 trabajadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD) tratan de registrar el que será el primer sindicato de un partido político en México, pero la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA)les ha negado el registro. Tonatiuth Rodríguez Marrón, Secretario General del Sindicato Unión de Trabajadores del PRD, dijo que desde febrero de 2012 solicitaron a la Junta el registro de la agrupación que representa a los empleados de la sede nacional de la fuerza política en el Distrito Federal.

En primera instancia la Junta argumentó incompetencia en el caso, por lo que fue turnado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que denunció un conflicto de competencia ante el Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial de la Federación, entidad que ordenó a la Junta Local resolver la solicitud.

Sin embargo, la instancia negó el registro del sindicato bajo el argumento de falta de competencia, desacatando la orden del juez. “Lo que sabemos es que lo que resuelve no tiene sentido y presentamos un amparo porque fueron violadas nuestras garantías, tenemos derecho a formar sindicato y se esta violando el derecho a la libre organización”, dijo el Secretario General. Rodríguez Marrón explicó que desde hace 17 años la agrupación norma la relación laboral de los trabajadores que la conforman con el PRD.

En 2002, los 200 empleados firmaron el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo, pero fue en 2011 cuando apareció un “sindicato patito” que buscaba sustituir a la agrupación. “A finales de 2011 empezaron a llegar sindicatos de otras partes, queriendo convocar a los trabajadores para ser sus representantes. Esto nos alarmó nosotros porque tenemos la titularidad y decidimos registraron y ser un sindicato de derecho”, dijo.

El líder sindical indicó que Jesús Zambrano Grijalva, presidente nacional del Sol Azteca, estuvo de acuerdo con la decisión de los empleados. “Le explicamos que era para tener certeza jurídica, el tema es difícil porque sería el primer partido en tener un sindicato. Zambrano nos dijo que acataría la resolución de la Junta”, dijo.

SINDICATOS AL VAPOR

Tonatiuth Rodríguez denunció que a diferencia de lo que este grupo de 200 trabajadores ha vivido durante el último año, el Sindicato Mártires de Chicago se registró en Guanajuato en solo 14 días. Esta agrupación, según Rodríguez, se presentó en 2011 como representante de los trabajadores de la sede nacional del PRD e incluso falsificó firmas para legitimarse. “Este sindicato patito emplazó el partido a huelga, trató de arreglarse con el partido, le pidió dinero, pero al final no pudo sostener su representatividad”, dijo.

Para los trabajadores del PRD si se les niega el registro, aparecerán más sindicatos fantasmas. “Si no fue ese de Guanajuato, serán otros que nos pondrán en peligro a los trabajadores y meterán en problemas al partido”, indicó. El sindicato se amparó en contra del fallo de la Junta y continuará con la búsqueda del registro. “Vamos a llevar esto hasta las últimas consecuencias y vamos a acudir a las instancias nacionales e internacionales para defender nuestro derecho”, dijo el Secretario General.

Esta no es la primera queja de un sindicato en contra de la Junta Local. En enero de 2012 la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), aceptó una queja interpuesta por la organización Espacio Plural, conformada por 20 organizaciones sindicales y abogados laboristas. Los organismos denunciaron los nuevos criterios de la Junta para los emplazamientos a huelga, la conformación de nuevos sindicatos y la toma de nota publicados en un decreto el 27 de octubre de 2011.

A esta queja se sumaron los amparos que interpusieron en contra de nuevo reglamento los sindicatos demandantes, por violaciones a la libertad sindical y de asociación de los trabajadores. Espacio Plural denunció que la autoridad laboral del Distrito Federal viola el derecho a la formación de nuevos sindicatos y federaciones. Así como la autonomía de las agrupaciones a establecer sus reglamentos y estatutos, la elección de representantes y el ejercicio de la titularidad de un contrato colectivo.

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