Secretos de la presa “El Águila”

Investigación Especial | El clan detrás de la presa: contratos, parentescos y poder.
Por Brenda Ramos
La presa «El Águila» tuvo un costo superior a los 200 millones de pesos y fue adjudicada a tres empresas con vínculos entre sí: Grupo Río San Juan, S.A. de C.V., Edificadora Industrial del Río, S.A. de C.V. y Río Grande Construcciones, S.A. de C.V. De acuerdo con los registros consultados, existen coincidencias en representantes legales, apoderados notariales y domicilios fiscales que apuntan a un posible grupo de interés común operando a través de razones sociales distintas. Estas coincidencias podrían configurar un esquema de simulación de competencia.
Tres contratos, un mismo círculo
Durante tres ejercicios fiscales consecutivos, el Ayuntamiento de Reynosa adjudicó por separado la construcción del vaso regulador “El Águila” a tres empresas distintas: Grupo Río San Juan, S.A. de C.V. en 2023; Edificadora Industrial del Río, S.A. de C.V. en 2024; y Río Grande Construcciones, S.A. de C.V. en 2025. En apariencia, se trató de un proceso competitivo y abierto. Sin embargo, los documentos oficiales revelan otra historia.
La primera licitación fue asignada a Grupo Río San Juan y se ejecutó del 11 de abril al 6 de diciembre de 2023, con un monto de $129,974,786.50. La segunda correspondió a Edificadora Industrial del Río, del 1 de abril al 30 de septiembre de 2024, por $49,053,118.10. Finalmente, del 2 de junio al 18 de diciembre de 2025, se preparó una tercera licitación por $21,657,124.06, adjudicada a Río Grande Construcciones. Las tres licitaciones fueron financiadas con recursos municipales, como consta en la respuesta oficial a la solicitud de Transparencia con folio 280526525000115, gestionada por este medio de comunicación.

Vínculos notariales, familiares y fiscales
Grupo Río San Juan y Edificadora Industrial del Río comparten más que el giro comercial: presentan conexiones directas en su estructura operativa, representación legal y origen jurídico.
Ambas empresas fueron constituidas ante la Notaría Pública No. 68 de Reynosa, Tamaulipas, aunque en distintos momentos del relevo generacional notarial. En el caso de Grupo Río San Juan, S.A. de C.V., como consta en el Número Único de Documento 20250018063500U0 del Registro Público de Comercio, la protocolización inicial estuvo a cargo del Lic. José Abel Soberón Pérez, y en actos posteriores intervino su hijo y sucesor, el Lic. Gabriel Soberón Palacios, consolidando así una línea de continuidad jurídica familiar.

Mientras que Edificadora Industrial del Río, S.A. de C.V. fue constituida directamente por Gabriel, ya como titular como consta en el Número Único de Documento 2025001806360043 del Registro Público de Comercio. Esta continuidad familiar al frente de la misma notaría refuerza la hipótesis de un circuito legal cerrado, operado con confianza entre las partes, y utilizado en al menos dos empresas con vínculos funcionales y representativos.

Ambas sociedades comparten objetos sociales casi idénticos: ejecución de obras públicas, construcción, servicios industriales y similares, lo que sugiere un esquema empresarial paralelo, respaldado por el mismo aparato notarial, diseñado para operar en círculos de obra pública o proveeduría oficial sin que se altere la fachada legal aparente.
Ahora bien, el vínculo entre ambas estructuras se refuerza a través de Martín Alberto Anzaldúa Garza, quien es socio en Edificadora y figura como apoderado general y delegado en asambleas dentro de Grupo Río San Juan, aunque no es socio en esta última.

Asimismo, Raúl Guerrero Zamora actúa como comisario en Edificadora y como apoderado general en Grupo Río San Juan, basándonos una vez más en las actas constitutivas emitidas por el Registro Público de Comercio.

En cuanto a la conexión entre Grupo Río San Juan, Edificadora Industrial del Río y una tercera compañía involucrada en la construcción de la presa —Río Grande Construcciones, S.A. de C.V.—, este medio verificó que Grupo Río San Juan y Río Grande Construcciones comparten el mismo domicilio fiscal en Reynosa, ubicado en calle segunda número 120, Colonia las Fuentes, según consta en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Aunque el acta constitutiva de Río Grande Construcciones no fue localizada en el Registro Público de Comercio —lo que podría sugerir una omisión deliberada o una estrategia de ocultamiento societario—, se confirmó en el padrón de proveedores del municipio de Reynosa, también disponible en la Plataforma Nacional de Transparencia, que José Ramiro Garza Cantú figura como beneficiario final vinculado a dicha razón social.

Además, Garza Cantú es socio de Grupo Río San Juan y fungió como su administrador único durante un periodo prolongado, reforzando la hipótesis de un entramado empresarial articulado bajo distintas fachadas jurídicas pero con intereses comunes y dirección operativa compartida.

Las autoridades competentes deberían investigar si esta configuración encubre una simulación de competencia o favorece intereses particulares en la adjudicación de recursos públicos, ya que estos patrones —representantes vinculados, domicilios compartidos y adjudicaciones secuenciales— apuntan a una posible simulación de competencia. Conforme a la Ley de Obras Públicas del Estado de Tamaulipas, esta práctica está prohibida por su potencial para restringir la libre concurrencia y favorecer intereses particulares.
Dudas sobre transparencia y registros oficiales
Para finalizar, recapitulando, a lo largo de tres meses de investigación, se solicitó vía transparencia la versión pública de los contratos, los padrones de proveedores, los fallos de adjudicación, las actas de apertura de propuestas y las actas de fallo. En esos documentos se identificaron los siguientes puntos clave:
- Las tres empresas comparten representantes, domicilios o apoderados.
- No se acreditó la existencia de competencia efectiva entre ellas.
- No hay constancia del cumplimiento técnico de las obras.
Además, la documentación oficial muestra otra omisión crítica ya señalada en la primera parte de esta investigación: no existe constancia pública de que el predio donde se construyó la presa sea propiedad del Ayuntamiento. No aparece escritura, contrato de cesión, comodato ni arrendamiento en los registros revisados por este medio.
Tampoco se identificó ninguna figura jurídica que respalde la supuesta participación del sector privado, como lo afirmó el alcalde Carlos Peña Ortiz en una entrevista realizada en marzo de 2025. En los contratos disponibles, todos los recursos provienen del municipio, ya sea a través de Fortamun o recursos propios.
En conjunto, estos elementos configuran un escenario que debe ser revisado a profundidad por órganos de control y fiscalización.
Pero no hemos terminado, este reportaje forma parte de la serie especial «Secretos de la presa ‘El Águila’». La tercera parte abordará las consecuencias del desastre de marzo de 2025, las omisiones en el diseño técnico y las preguntas que aún siguen sin respuesta. También se examinarán a fondo posibles transgresiones legales, esto después de analizar la Ley de Obras Públicas, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como sus eventuales consecuencias jurídicas.