Juez federal impone nuevas multas a consejeros del INE por desacato a suspensión judicial
Por Redacción SC.
Un juez federal en Colima ha denunciado penalmente a los 11 consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) e impuesto una nueva multa de 54 mil 285 pesos a cada uno de ellos, debido al desacato de una suspensión dictada en septiembre que les ordenaba detener los preparativos para la elección judicial de junio de 2025. La multa es parte de un proceso en el que el juez considera que los consejeros han desobedecido de manera reiterada la suspensión dictada en un juicio de amparo.
El juez segundo de Distrito, Francisco García Contreras, también notificó a la Fiscalía General de la República (FGR) sobre lo que considera un desacato por parte del INE. En su resolución, el juez explicó que, a pesar de los requerimientos previos, el órgano electoral ha sido renuente a acatar la suspensión, lo que ha llevado a la imposición de la nueva sanción. Además, García Contreras destacó que el proceder del INE podría constituir un delito de desacato, lo que está tipificado en la Ley de Amparo, con penas de prisión que van de tres a nueve años.
La FGR ahora deberá investigar el caso, aunque la decisión de perseguir el delito recae sobre ella, ya que el INE es un órgano autónomo cuyas autoridades gozan de fuero, lo que significa que para iniciar una acusación penal contra ellos, se requiere la autorización de la Cámara de Diputados.
Este es el segundo castigo por la misma razón, ya que el pasado 4 de noviembre, el juez había impuesto una multa similar a los consejeros del INE, lo que eleva el total de las sanciones a 108 mil 570 pesos por consejero. Las multas son ejecutadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), como si fueran créditos fiscales.
La controversia se intensificó cuando el 18 de noviembre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dictó una sentencia que afirmó que la elección de 2025 no puede ser detenida por ninguna autoridad, debido a un mandato expreso de la Constitución. Sin embargo, el fallo del TEPJF, derivado de una consulta planteada por el Senado, no revoca las suspensiones emitidas por jueces de amparo, que solo pueden ser anuladas por tribunales colegiados o la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El juez García Contreras ha insistido en que para acatar la suspensión, es necesario un acto positivo, como la firma de un acuerdo que paralice el proceso electoral, algo que aún no ha ocurrido. De acuerdo con el juez, el INE ha persistido en su actitud evasiva para cumplir con la orden judicial.