Análisis
Por Óscar Aldrete
Politólogo y estudioso del régimen político constitucional mexicano…
Los ayuntamientos en México carecen de facultades legales y constitucionales para gravar impuestos a sus » gobernados».
Estás limitaciones se materializan al estar sujetos y subordinados al poder legislativo de cada entidad federativa, incluso a la facultad de veto del titular del poder ejecutivo estatal.
Cómo lo podemos constatar las desiciones impositivas arrajatabla de algún ayuntamiento no son más que intentos, reiteramos, están sujetos a la aprobación o no del llamado congreso del estado…
El caso Reynosa, Tamaulipas que por enésima ocasión está en controversia y conflicto, no tiene vuelta de hoja, el Tema es exclusivo de los poderes del estado tamaulipeco ( legislativo y ejecutivo) , el ayuntamiento no tiene facultades ni potestades legales para aprobarse un simple reglamento , todas esas desiciones están fuera de su alcance.
El llamado cabildo reynosense, es un ente testimonial, y una carga muy onerosa para los ciudadanos que mantenemos a una jauría de personeros sin beneficio ni utilidad alguna!!
«El cabildo», que más asemeja a una servidumbre sumisa ($) que realmente un órgano de representación popular generador de contrapesos y equilibrios en el ejercicio abusivo y recaudador del empleado temporal de los reynosenses ( presidente municipal).Su posición es vergonzosa, indigna, aprueban auténticas aberraciónes por dinero fácil, por dádivas o interéses de obtener un beneficio económico material para su persona!
Ese es, el papel que desempeñan sus empleados en el cabildo municipal estimados reynosenses, no tienen defensa alguna, sus argumentaciones de que votaron en contra son simplistas, carentes de sentido racional, grotescas, hasta para mentir se necesita talento y materia gris!!!
En suma, será el poder legislativo local con mayoría calificada y absoluta del partido en el gobierno estatal quien decida la autorización o no de ese mamotreto impositivo!!!