Decreto para importar autos extranjeros usados, al publicarse en el DOF beneficiará a 50 mil familias: Olga Sosa
No interfiere con el decreto de regularización de autos extranjeros que circulan en México
CDMX.- La senadora por Tamaulipas Olga Patricia Sosa Ruíz, presentó un Punto de Acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, a efectos de otorgar una prórroga y publicar el decreto por el que se modifica la regulación definitiva de vehículos usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 24 de diciembre 2020 y que venció el pasado 30 de septiembre del presente año.
«El pueblo fronterizo nos ha pedido intervenir para otorgar certeza y seguridad jurídica a los importadores de vehículos usados, por ello presento este punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, para hacer un exhorto de manera respetuosa a la Secretaría de Economía del Gobierno Federal y que considere la conveniencia y necesidad de publicar el decreto, con una prórroga que permita seguir realizando el trámite de regularización a los importadores de vehículos usados de procedencia extranjera».
Se destaca también el respaldo a este punto de acuerdo, por parte del senador de Chihuahua, Juan Carlos Loera de la Rosa, presidente de la comisión de Asuntos de la Frontera Norte del Senado de la República.
La Senadora recordó que en el año 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación al decreto original, por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera al territorio nacional y durante los siguientes 9 años estuvieron publicando decretos de ampliación de la vigencia del decreto original y en el más reciente decreto del 2020 se estableció la vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024.
La senadora Sosa Ruíz explicó que la vigencia concluyó hace 29 días y esto ha afectado directa e indirectamente la economía de casi 50 mil familias de la frontera norte, así cómo la recaudación de impuestos federales por más de 400 millones de pesos.
Subrayó que el Artículo 2.11 denominado «Restricciones a la Importación y Exportación», numeral 9 del T-MEC se establece que para mayor certeza ninguna Parte adoptará o mantendrá una prohibición o restricción a la importación de vehículos usados originarios del territorio de otra Parte», por lo que su publicación en el DOF resulta necesaria.