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Discutirá SCJN crimen de pareja a manos de militares en Nuevo León

La Suprema Corte de Justicia de la Nación contempla abordar mañana el asesinato por parte de soldados en el 2010 de un matrimonio en el municipio de Anáhuac

MONTERREY, NL.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación contempla abordar mañana el asesinato por parte de soldados en el 2010 de un matrimonio en el municipio de Anáhuac, Nuevo León, y el derecho de sus familias a una indemnización.

SENTENCIA

La propuesta de sentencia realizada por la Ministra Margarita Ríos Farjat considera garantizar el derecho de familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales a reclamar una indemnización al Estado a través de una regla que no limite el plazo para demandar la reparación integral del daño.

Eso lo hará con base en la ejecución extrajudicial del matrimonio integrado por Rocío Elías Garza y Juan Carlos Peña Chavarría, quienes al mediodía del 3 de marzo del 2010 salieron de la empresa Delphi en la que trabajaban, en el municipio de Anáhuac, y quedaron al centro de un enfrentamiento entre soldados y delincuentes.

La pareja, de 29 años cada uno, iba a abordar su coche rumbo a su hora de comida cuando Juan Carlos fue alcanzado por una bala en el brazo. En eso, dos delincuentes se introdujeron en la parte trasera del auto, pero huyeron enseguida. Al término del enfrentamiento, Rocío puso las manos en alto para gritar que su esposo estaba herido.

Entonces, el soldado Juan Ortiz Bermúdez disparó contra ella y su esposo: el cuerpo de Rocío tenía 14 impactos, todos recibidos a menos de un metro de distancia, y seis el de Juan Carlos. A ambos les sembraron armas y se les calificó como «delincuentes» en un comunicado de la SEDENA.

De acuerdo con testigos, Ortiz Bermúdez gritó: «¡Me eché a dos!». Por su crimen, el soldado fue sentenciado el 20 de julio del 2015 por el Juez Primero de Distrito Eustasio Salinas: le dieron 18 años por homicidio simple, lo que defensores de derechos humanos rechazaron al pedir que la pena fuera por homicidio calificado.

  • En el 2016, familiares de Rocío y Juan Carlos, quienes dejaron a dos niñas, pidieron a la SEDENA una indemnización de 90 millones de pesos por las dos muertes, el «tremendo sufrimiento» -mismo que se agravó cuando el Ejército dañó el honor y la memoria del joven matrimonio al hacerlos pasar por miembros del crimen organizado-, y porque buscan crear un «precedente a nivel nacional».

La SEDENA no contestó la demanda. La familia impugnó el silencio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que negó la indemnización con el argumento de que el derecho a reclamarla había prescrito a los dos años del asesinato, de acuerdo con el Artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

Las familias interpusieron una demanda de amparo en un Tribunal Colegiado, mismo que inaplicó el artículo y estableció un plazo genérico de 10 años previsto en el Código Civil Federal. Ante esto, la SEDENA interpuso un recurso de revisión que llegó hasta la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Es aquí donde la Primera Sala, encabezada por Ríos Farjat, propondrá mañana una sentencia que admita una excepción a la regla de prescripción establecida en ese Artículo 25 en los casos de ejecuciones extrajudiciales en los que se reclama una indemnización en contra del Estado por el uso injustificado de la fuerza pública.

Y se logre un poco la reparación de un daño que jamás sanará del todo.

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