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Prisión preventiva oficiosa: La Corte bajo fuego presidencial

Bajo la intensa presión del Ejecutivo, el pleno de la Suprema Corte pospuso la discusión de la reforma por la que el Ejecutivo pretende adicionar delitos al catálogo de los que ameritan prisión preventiva de oficio, la cual, por lo pronto, se mantiene sin modificaciones.

Por Diana Lastiri

Bajo la intensa presión del Ejecutivo, el pleno de la Suprema Corte pospuso la discusión de la reforma por la que el Ejecutivo pretende adicionar delitos al catálogo de los que ameritan prisión preventiva de oficio, la cual, por lo pronto, se mantiene sin modificaciones. El ministro Luis María Aguilar retiró su propuesta inicial de declararla inconstitucional, pero sólo para presentar otra en que se acote la medida, que considera violatoria de los derechos humanos.

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador logró por el momento su objetivo de mantener la prisión preventiva de oficio sin modificaciones.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la resolución de este tema bajo fuertes presiones del Ejecutivo federal, específicamente contra los cuatro ministros propuestos por él mismo.

Después de tres sesiones de debate, el ministro Luis María Aguilar Morales retiró el proyecto en el que, por primera vez en la historia del país, se propuso dejar de aplicar un precepto de la Constitución: el relativo a la prisión preventiva de oficio. Ante el rechazo de una mayoría en el pleno del alto tribunal, el ministro ofreció realizar una nueva propuesta para limitar esta figura, pero no le puso fecha.

La nueva discusión de los ministros puede tener lugar antes de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emita un fallo sobre el tema, que hasta ahora apunta a condenar al Estado mexicano por utilizar la prisión preventiva de manera automática, lo cual está prohibido por instrumentos internacionales de los que México forma parte.

Una mayoría de siete ministros se pronunció en contra de dejar de aplicar la Constitución, al considerar que la Corte no cuenta con facultades para ello y que las acciones de inconstitucionalidad planteadas al pleno no impugnaron la figura de la prisión preventiva oficiosa sino únicamente la adición de tres delitos fiscales al catálogo de aquellos a los que se aplica esta medida cautelar.

Por ello, al retirar su proyecto, el ministro Aguilar Morales advirtió que la mayoría de sus compañeros coincidieron en que la prisión preventiva oficiosa es violatoria de derechos humanos, por lo que ofreció acotar esta figura con los criterios mayoritarios.

“He encontrado –planteó Aguilar– algunos puntos en común que evidencian la posibilidad de llegar a un consenso mayoritario entre los integrantes de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que, en aras de construir una decisión que proteja los derechos de todas las personas, retiro el proyecto para reconstruir una propuesta y con ello tratar de unir los puntos de conexión así como matizar los disensos que nos separan, a fin de proponerles una metodología que nos permita expulsar los efectos dañinos de la prisión preventiva automática que ocasiona en la vida de las personas y en las familias mexicanas.

“Se está perfilando lo que me parece es una mayoría muy robusta (me atrevo a pensar que, incluso, existe unanimidad) en torno a sostener que el uso desproporcionado de la prisión preventiva es contrario a los derechos humanos”.

El ministro añadió que la función de los jueces constitucionales no debe limitarse a resolver conflictos y restringir sus estudios a una técnica meramente legal.

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