Condonan 22 millones a empresa de geñista.
GMC S.A. de C.V. de Alberto Berlanga Bolado.
Resultó generoso el secretario GIlberto Estrella.
Por Oscar Díaz Salazar
Al inicio del periodo sexenal en el que Francisco García Cabeza de Vaca será titular del poder ejecutivo del Estado de Tamaulipas, sus colaboradores de diversas dependencias, llevaron a cabo «operativos» para clausurar negocios que no cumplían con los requisitos de ley para funcionar.
Los despliegues de autoridades, inspectores y ayudantes, acompañados de la fuerza pública (policía), fueron reseñados por los medios de comunicación, por los reporteros que atestiguaron los hechos, o simplemente difundieron los boletines de prensa que las dependencias respectivas redactaron por la ocasión.
En esta campaña para meter orden en diversas actividades económicas que requieren de permisos para su operación, observamos la clausura de casinos, y su posterior apertura; el retiro de la circulación de taxis piratas, y su regreso a las calles para ruletear; el cierre de comercios donde venden alcohol, y la reapertura de los mismos expendios de cerveza y licor; y algo inédito, o al menos no difundido con anterioridad, fue la clausura de bancos de materiales, en varias regiones del estado de Tamaulipas.
Esta última acción para inspeccionar y clausurar los bancos o minas de las que se extraen materiales que no son tema o jurisdicción del gobierno federal, como es el caso de la tierra, las calizas y las piedras, estuvo a cargo de autoridades de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del gobierno del Estado de Tamaulipas, cuyo titular es el Ing. Gilberto Estrella.
La adopción de leyes y reglamentos de primer mundo, como es el caso de las leyes vigentes en Tamaulipas en materia de cuidado del medio ambiente, vuelven muy complicado su cumplimiento para los empresarios que explotan bancos de materiales, y a la vez le proporcionan muchos elementos a los malos funcionarios para lucrar con la inobservancia o cumplimiento parcial de la norma, a cambio de un estímulo (vulgo «moche») para interpretar a conveniencia las leyes, códigos y reglamentos, o simplemente para ignorarlos.
De ese tiempo en el que los funcionarios panistas tenían prisa por poner orden, de esa época en la que se clausuraban negocios que no tenían sus «papeles» en regla, de esa temporada de simulaciones, previa y necesaria a la aplicación del impuesto vacuno, les voy a compartir detalles de uno de estos casos.
La información se obtuvo del dictamen técnico para acuerdo, de numero 020/004/031/2018 y fecha 23 de abril de 2018, recibido en la Subsecretaria del Medio Ambiente de la SEDUMA, el 14 de mayo del 2018, derivado de la visita de supervisión al banco de material de piedra caliza ubicado en las inmediaciones de la Sierra del Abra a 1200 metros al sur del Ejido Constitución de 1917, en el kilómetro 74 ➕ 300 de la Carretera Federal México Laredo, tramo Antigüo Morelos – Ciudad Mante, en las coordenadas de referencia UTM: X 496022.362 Y 2498961.466.
La empresa GMC S. A de C. V. es la persona moral que explota el citado banco de materiales. Cuenta con 20 empleados y su representante legal es el contador Público Raul Javier Morales Cano y el Biólogo Víctor Roberto Carranza Zaleta «es responsable solidario y subsidiario de realizar las condicionantes, las medidas de prevención, las medidas de mitigación y las medidas de compensación de aquellos impactos ambientales atribuibles al desarrollo del proyecto, que no hayan sido consideradas en la Manifestación de Impacto Ambiental modalidad General presentada.»
En el acuerdo de fecha 12 de septiembre de 2018, celebrado entre las partes involucradas, para la reanudación de las operaciones de la mina de piedra caliza, se establece que por la empresa comparece, como representante, el Ingeniero Alejandro Sámano Hinojosa, en su carácter de Director Adjunto de la Empresa GMC S.A de C. V y dotado con poderes generales para pleitos y cobranzas otorgado por el ingeniero Alberto Berlanga Bolado, en su carácter de administrador único de la citada compañía. El administrador único, y tal vez propietario o socio mayoritario, se desempeñó como Secretario de Obras Públicas en el gobierno de Eugenio Hernández Flores, por lo que resulta lógico suponer que el incumplimiento de la ley y la total anarquía en la que funcionaba la empresa que administra, es atribuible al abuso de poder, y no al desconocimiento de la normatividad ambiental.
En el extenso documento (dictamen) de 38 hojas en el que se reseñan las múltiples violaciones a diversas normas jurídicas, leyes, reglamentos, códigos y normas oficiales, encontramos múltiples omisiones, fallas e incumplimientos en el funcionamiento de la mina. Menciono a continuación algunos:
No se mostró el programa de supervisión y vigilancia ambiental, en el cual se designe un responsable con capacidad técnica. No se exhibe autorización obtenida por la SEMARNAT, por el cambio de uso de suelo. No se observa la colocación de señalética preventiva. No se cuenta con constancias de resguardo de la vegetación removida durante la etapa de preparación del sitio. No se observan letreros alusivos a la prohibición estricta de realizar actividades de caza, captura y/o comercialización de todo tipo de fauna y extracción de especies vegetales. No se exhibe documento que acredite que se respetan las condiciones de los sitios aledaños al terreno del proyecto. No se muestra bitácora de registro de salida y volumen de material extraído. No se muestran pruebas de manejo apropiado del material para evitar la dispersión de polvos, consistente en la colocación de lonas protectoras en los vehículos que transportan la piedra. No se muestran facturas que prueben que la flotilla de vehículos recibió mantenimiento para evitar le emisión de gases contaminantes. No se observa la instalación de letrinas móviles para el uso de los trabajadores. No se muestran evidencias del cumplimiento de la norma oficial que define los limites permisibles en la generación de ruido de las fuentes fijas. No cuentan con carro tanque para el almacén y suministro de combustibles, mismo que deberá estar montada en plancha de concreto, con trinchera para la contención de derrames y sistema de tierras. No se muestra el Programa de Rescate de especies de flora y fauna ejecutado y remitido a la Secretaria. No cuentan con fecha para la conclusión de los trabajos de aprovechamiento, por lo que se deduce que tienen la intención de renovar autorización. No presentan el proyecto de rehabilitación del área donde se desarrolla la actividad, remitido a la autoridad (Secretaría).
Del dictamen elaborado por el Biólogo Luis Alejandro Saldaña Zamorano, revisado por el Subdirector de Inspección y Vigilancia Ambiental, Ing. Abelardo Joaquín Ruz Gamboa y autorizado por el Ing. Celestino Alanís Leal, Director de Gestión para la Protección Ambiental de la SEDUMA, derivado de la inspección No. 01 SEDUMA/SSMA/DGPA/ 031/2018, realizada el 21 y 22 de marzo de 2018, queda evidenciado, por un lado, como se escribió líneas atrás, que tenemos regulaciones ambientales de primer mundo, y por otra parte también constatamos que esa mina de piedra caliza operaba en forma ilegal, irregular.
Además de incumplir requisitos de carácter ecológico y de no tener licencias y permisos en regla, la empresa tampoco llevaba la cuenta ni cumplía con el pago de los derechos por el aprovechamiento del material extraído, como lo indica el párrafo de la página 11 del dictamen, que transcribo a continuación:
«- Al momento de la vista, se le solicitó al inspeccionado, presentara libro o bitácora, donde se registra la fecha de salida y volumen de material extraído, con la finalidad de determinar el volumen total extraído dentro de la vigencia de la presente autorización, manifestando no contar con dichas bitácoras al momento. Así mismo se le requirió exhibiera constancias mediante las cuales ingresó el cumplimiento de lo indicado en esta condición ante esta Secretaría, no presentándolas al momento, manifestando que a la fecha llevan un volumen extraído de 45,000 metros cúbicos–
— Toda vez que el inspeccionado no exhibe bitácoras de control de los volúmenes extraídos, no se puede determinar el volumen total aprovechado, observándose una superficie impactada de 4 hectáreas aproximadamente con talud de altura que van de los 35 a los 45 metros—-«
Hasta aquí la cita textual
En la página 35 del dictamen, inciso VII) Medidas de urgente aplicación, se establece :
«— En el caso que la empresa GMC S.A. de C.V., no presenta ante esta Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, las constancias con las cuales compruebe el pago de derechos fiscales por el aprovechamiento de material pétreo, del cual el inspeccionado hace mención que a la fecha del momento de la visita de inspección se aprovecharon una cantidad aproximada de 45,000 m3, sin embargo personal de esta Secretaría, al momento de la visita de inspección observa aproximadamente una superficie de 4 hectáreas con taludes que van de los 35 a 45 metros aproximadamente de área impactada, utilizando la fórmula Lado x Lado x profundidad x 1.3 (valor de expansión) = volumen total m3, obteniendo una volumétrica aproximada de aprovechamiento de 2 080 000 m3, sin embargo en el Término Primero de Resolutivo en Materia de Impacto Ambiental número SEDUMA/ SSMA/ DGPA/ MIA/ 045/2015 se asienta que la explotación del banco de material está proyectada para extraer 1,540,000 metros cúbicos de material pétreo, derivado de lo anterior se estima que sobrepasa la cantidad permitida en mencionado Resolutivo. Por lo tanto se sugiere como medida de urgente aplicación, el aseguramiento precautorio de materiales que se manejen en la realización de actividades riesgosas, así como de especímenes, bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que dé lugar a la imposición de la medida de seguridad. Lo anterior de acuerdo a lo establecido al artículo 294, párrafo 1, fracción I del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas.»
A pesar del sinfín de irregularidades encontradas por los inspectores de la SEDUMA y del reconocimiento de la empresa de haber omitido realizar los pagos por derechos desde el año 2013, y aún tratándose de una empresa administrada por un exfuncionario muy cercano al ex gobernador Eugenio Hernández, enemigo político del actual gobernador, las autoridades de la SEDUMA fueron bastante condescendientes con la empresa, pues de un adeudo que asciende a los $ 24, 000, 000.00 (veinticuatro millones de pesos), tan solo por el concepto de pago de derechos, (cifra que se obtiene de multiplicar el millón seiscientos mil metros cúbicos extraídos y no declarados 1,600, 000 por 15 pesos que aplican a cada metro cúbico), resulta que los 24 millones por derechos, más el monto de las multas y sanciones no aplicadas, quedaron en dos millones y mil pesos, ($2,001,000.00) pagaderos en cómodos abonos.
El acuerdo tan benigno para la empresa del geñista Alberto Berlanga Bolado está firmado por el Secretario de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del gobierno del estado de Tamaulipas, Ing. Gilberto Estrella Hernández.
Será interesante saber con qué argumentos y en el uso de que facultades y atribuciones, le condonaron ese adeudo millonario a la empresa administrada por un individuo que se supone conoce a la perfección las leyes que regulan esa actividad. También es de interés conocer si el gobernador Cabeza de Vaca estuvo al tanto de este trato preferencial para el exfuncionario que trabajó al servicio de su rival político. Desde luego que no se sabrá, por los conductos oficiales, si además de los dos millones y mil pesos que ingresaron a las arcas estatales, se entregó otra cantidad para convencer al Secretario Estrella de ser benevolente con los piedreros del Abra. Tampoco sabremos si el «mensaje» de agradecimiento por la condonación de los 22 millones a la empresa GMC llegó a oídos (o cuentas) de las personas indicadas.
He tenido acceso a los expedientes de media docena de casos similares, en los que se prueba la generosidad del titular de la SEDUMA, -con lo que no es suyo-, generosidad que ocasionó que no ingresaran recursos multimillonarios a la tesorería del estado.