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Ciudadanía podrá llevar guías personales al votar, pero sin mostrarlas: TEPJF

Por Redacción Sentido Común.

Ciudad de México, 31 de mayo de 2025. – La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que permite a la ciudadanía acudir a las urnas con materiales personales de apoyo, como apuntes o guías, durante la jornada electoral.

Este acuerdo, que fue impugnado por personas inconformes, está relacionado con la elección extraordinaria para personas juzgadoras integrantes del Poder Judicial. Los promoventes argumentaban que la medida cautelar dictada para evitar la entrega física de “acordeones” vulneraba su derecho a emitir el voto con apoyo de instrumentos personales.

Sin embargo, el Tribunal concluyó que el INE no violó derechos fundamentales ni excedió sus atribuciones. En sesión privada, a partir del proyecto del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior estableció que la medida cautelar es válida, ya que no prohíbe a la ciudadanía llevar consigo anotaciones, guías, fotografías o impresiones con los nombres o números de las candidaturas de su preferencia.

La resolución aclara que el uso de estos materiales es válido únicamente como una herramienta personal para ejercer el voto de forma informada en una elección compleja, sin que ello implique que puedan ser exhibidos públicamente o compartidos durante la jornada electoral o en periodo de veda.

“El hecho de que la ciudadanía esté en aptitud de acudir a votar con apuntes, guías, fotografías o impresiones no implica la autorización para que se porten de manera visible o que la exhiban…”, reiteró la Sala, subrayando que se trata de una decisión individual y privada.

Con esta determinación, se confirma que el Consejo General del INE actuó conforme a la ley, protegiendo tanto el derecho al voto libre como la equidad en el proceso electoral.

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