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¿Dónde está Carlos Peña Ortiz?

Brilla por su ausencia en la XVI sesión de cabildo


Sin Filtros; por Brenda Ramos


Las sesiones de Cabildo son, al menos en teoría, el corazón de la vida democrática municipal. Sin embargo, en Reynosa, es común que el alcalde no se presente y designe a un sustituto o sustituta para que las presida, tal y como ocurrió el pasado jueves 26 de diciembre.

Para esta sesión de cabildo, era vital la asistencia del alcalde debido a que se aprobó la modificación del Plan Municipal de Desarrollo 2024-2027. Un documento que, según las buenas costumbres legales, debería ser el producto de consultas, debates, consensos y la aplicación cuidadosa de la ley, a fin de no causar violaciones ni dejar margen a las impugnaciones.

Cosa que al parecer no le importó mucho al edil, cuya silla vacía fue ocupada por la regidora Oralia Cantú Cantú. Y si bien, según el artículo 50 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Tamaulipas, un presidente municipal puede delegar temporalmente la presidencia de una sesión, esto debe ser, siempre y cuando lo haga de manera formal y por escrito. Sin embargo, ni en las redes sociales oficiales del Ayuntamiento ni en su sitio de internet hay rastro del documento que respalde esta autorización.

Por otro lado, la Ley Orgánica del Municipio también deja claro en su artículo 55 que las sesiones del Cabildo requieren la presencia del alcalde o de su suplente designado legalmente para ser válidas. Pero, por lo visto, en Reynosa la norma se interpreta con la flexibilidad de un malabarista. Los acuerdos aprobados bajo estas circunstancias están a un paso de ser impugnados, y no sería la primera vez que una administración se tropieza con sus propios errores.

Ahora bien, lo que realmente llama la atención —y no precisamente por su brillantez— es una modificación del plan municipal sin tomar en cuenta al Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM). Este órgano no está designado para ser un florero en las administraciones; su función está definida en el artículo 195 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas. El COPLADEM tiene la responsabilidad de coordinar la formulación, actualización y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo, promoviendo la colaboración de los sectores social, público y privado. 

¿Dónde están los registros de las consultas ciudadanas? Según el artículo 182, el Plan Municipal de Desarrollo debe considerar mecanismos de consulta pública, incluyendo la participación activa de diversos grupos sociales en su elaboración y modificación.Pero en Reynosa, no se sabe si el COPLADEM fue convocado, si participó o si siquiera fue considerado en este proceso. Hasta ahora, nadie en el Ayuntamiento ha tenido la cortesía de responder. Y si lo hicieron, lo escondieron mejor que los boletines de prensa que deberían informar sobre los acuerdos de Cabildo.

Porque, hablando de boletines, tampoco existe hasta el momento una publicación en sus redes y sitios de internet oficiales que den cuenta de lo discutido y aprobado en esta famosa sesión. No hay documentos que expliquen la ausencia de Carlos Peña ni evidencia de la convocatoria, la consulta pública o el cumplimiento de los requisitos legales para las modificaciones al Plan Municipal de Desarrollo. La transparencia, en este caso, se ha convertido en un lujo que Reynosa no se ha permitido, contrastando con los millones que si se han gastado en el pino navideño.

Por otro lado, el artículo 187 exige que todo cambio al Plan Municipal de Desarrollo sea aprobado por la mayoría del Cabildo, notificado al Congreso del Estado y publicado en el Periódico Oficial. Además, debe integrarse al informe anual del Ayuntamiento. Pero no hay indicios de que estas disposiciones se hayan cumplido.

Y no olvidemos el artículo 193, que señala que los servidores públicos que contravengan las disposiciones legales en materia de planeación incurren en responsabilidades legales. Esto incluye cualquier omisión en los pasos necesarios para garantizar que el Plan sea congruente con los objetivos estatales y nacionales, como lo establece el artículo 184.

La pregunta que queda en el aire es sencilla: ¿a quién le importa realmente el desarrollo de Reynosa? Porque, por lo que vemos, o mejor dicho, por lo que no vemos, los documentos legales, las normas y las instituciones como el COPLADEM parecen ser un estorbo en lugar de una herramienta. Y si así se maneja el plan que debería guiar el futuro del municipio, ¿qué podemos esperar del resto de las decisiones?

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