TEPJF confirma que el INE debe continuar organización de elecciones judiciales a pesar de amparos
Por Redacción SC.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles, por mayoría de votos, que el Instituto Nacional Electoral (INE) debe seguir adelante con la organización del proceso electoral para elegir a jueces, magistrados y ministros por voto popular, a pesar de las suspensiones de amparo contra la reforma judicial.
La decisión fue impulsada por el magistrado Felipe de la Mata y respaldada por la magistrada presidente Mónica Soto y el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera. La Sala consideró que la suspensión del proceso electoral es “constitucionalmente inviable” y aclaró que su sentencia no se pronuncia sobre las suspensiones dictadas por los jueces de amparo, las cuales “no serán modificadas, confirmadas ni revocadas”.
De la Mata enfatizó la urgencia de garantizar el derecho al voto de los ciudadanos, destacando que los jueces de amparo carecen de competencia para resolver sobre temas electorales. Sin embargo, insistió en que su decisión no altera las sentencias de suspensión de amparo concedidas por los jueces de Distrito.
El caso se relaciona con la consulta que el INE realizó el 4 de octubre, pidiendo a la Sala Superior que aclare si las suspensiones de amparo son aplicables a la autoridad electoral. El INE busca certidumbre jurídica para cumplir con su función en el proceso extraordinario para la elección por voto popular de juzgadores.
En oposición, la magistrada Janine Otálora Malassis y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra. Otálora argumentó que la discusión debería posponerse hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva los asuntos relacionados. Añadió que el TEPJF tiene precedentes de 2019 y 2022 que permiten aplazar resoluciones para esperar pronunciamientos de la SCJN sin violar la Constitución.
Rodríguez Mondragón, por su parte, sostuvo que la solicitud de acción declarativa es improcedente, argumentando que el TEPJF no tiene la competencia para emitir pronunciamientos sobre las suspensiones dictadas por los jueces de Distrito. Señaló que la aprobación de la propuesta de De la Mata implicaría una extralimitación de funciones y afectaría las competencias de otros órganos jurisdiccionales.
Ambos magistrados advirtieron que proceder sin esperar la decisión de la SCJN podría resultar en un prejuzgamiento sobre las competencias en discusión.