Ocultan Altamira y tres municipios más su cuenta pública
Por Brenda Ramos
La información de las cuentas públicas de los municipios de Altamira, Mainero, Méndez y San Nicolás sigue sin estar disponible para consulta ciudadan en el portal del Consejo de Armonización Contable del Estado de Tamaulipas. Según la Ley de Fiscalización del Estado de Tamaulipas, el plazo para la entrega del informe de la cuenta pública 2023 vencía el 30 de junio, por lo que la ausencia de esta información constituye una violación de dicha ley.
Esta irresponsabilidad por parte de los ayuntamientos, dificulta que el Congreso del Estado y la Auditoría Superior del Estado puedan realizar su trabajo adecuadamente, especialmente cuando a la legislatura 65 le quedan menos de tres meses para concluir. En este sentido, serán los legisladores de la Diputación permanente los que darán la cara, trabajando contra el reloj para no dejar este asunto pendiente para la próxima legislatura local.
Respecto al primer paquete de informes de la cuenta pública del 2023, la presidenta de la Junta de Gobierno, Úrsula Salazar Mojica, comentó en una entrevista con medios de comunicación que este aún no ha sido entregado a la actual Legislatura para su análisis y dictaminación. Sin embargo, aseguró que aún hay tiempo para revisarlo.
Además, se prevé que algunas de las sesiones extraordinarias convocadas por la Diputación Permanente se destinen a abordar el tema de las cuentas públicas, entre otros asuntos pendientes. La presidenta de la Junta de Gobierno también reconoció que la Auditoría Superior del Estado (ASE) enfrenta una considerable carga de trabajo y rezagos, pero aseguró que se esforzarán por completar estas tareas dentro de la actual Legislatura.
Las consecuencias del incumplimiento de los municipios no son menores. Según la Ley de Fiscalización del Estado de Tamaulipas, la falta de presentación de la Cuenta Pública y la documentación correspondiente puede resultar en la imposición de multas, como se establece en el Artículo 58.
Si no se entrega la información dentro de los diez días siguientes a la notificación de la multa, la Auditoría determinará los daños y perjuicios a la Hacienda Pública y emitirá un informe ante el Tribunal, además de denunciar los hechos ante las autoridades de justicia.
El Artículo 70 permite a la Auditoría imponer multas a los servidores públicos responsables por no presentar la Cuenta Pública en el plazo establecido, y el Artículo 74 clasifica estas multas como créditos fiscales, cuyo cobro será gestionado por la Secretaría conforme al Código Fiscal del Estado.
Por otro lado, en caso de que la información de las cuentas públicas de los ayuntamientos ya haya sido entregada a las autoridades competentes para su revisión, al no hacerla accesible para consulta ciudadana, estarían violando la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) la cual fue publicada el 31 de diciembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, y que es aplicable a los entes públicos federales, estatales y municipales, estableciendo los criterios generales para la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera.
Esta ley es de observancia obligatoria y busca lograr la armonización adecuada y medir la transparencia, eficacia, economía y eficiencia del proceso presupuestario.