Reynosa

Amplía SAT atención a los contribuyentes

Durante abril se ha incrementado el número de trámites, al presentarse periodo para declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) Reynosa  registra un incremento en los trámites, ya que diariamente atiende a mil 680 personas, de las cuales, 100 contribuyentes con cita son para presentar su declaración anual.

Desde el pasado 2 de abril, los ciudadanos están acudiendo a presentar su declaración anual en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria y tienen hasta el 2 de mayo para completar el proceso.

Víctor Manuel Ceferino de la Cruz, administrador desconcentrado de servicios al contribuyente de Tamaulipas 4, comentó que las primeras semanas del mes de abril han tenido bastante afluencia, donde el servicio más demandado es la firma electrónica, que es uno de los requisitos para poder presentar la declaración anual.

«Es importante que todos los ciudadanos cumplamos con la obligación fiscal; son personas que están en el régimen de sueldos, salarios y que el ingreso en el año anterior fue de 400 mil pesos» Víctor Manuel Ceferino de la Cruz Administrador desconcentrado de servicios al contribuyente de Tamaulipas 4  

«Estamos en el mes de abril, que es obligación para las personas físicas presentar su declaración anual; este periodo concluye el 2 de mayo, que es el tiempo que tienen las personas físicas para presentar su declaración», dijo.

LOS QUE ESTÁN OBLIGADOS

Explicó que pueden presentar su declaración las personas que tengan ingresos por sueldos y salarios o asimilados a salarios, los que brindan algún servicio profesional, los que realizan alguna actividad empresarial, los que cobran rentas por bienes inmuebles, los que cobran algún tipo de intereses o dividendos por enajenación o adquisición de bienes o tributando en el régimen simplificado de confianza.

  • Dentro de la declaración, los ciudadanos pueden deducir gastos personales, como son honorarios médicos, compra de lentes, gastos dentales, consultas médicas, siempre y cuando tengan facturas de esos gastos y se hayan hecho con tarjeta.

También se pueden deducir gastos por el pago de créditos hipotecarios, así como los donativos, gastos médicos por discapacidad o incapacidad, aportaciones voluntarias a su Fondo de Ahorro para el Retiro, seguros de gastos médicos, gastos funerarios, entre otros.

«Es con cita, la cita se puede agendar en la página del SAT, ya sea para el servicio de declaración anual o para declaración anual de salarios.

Los interesados van a requerir contraseña y e.firma, y si llegaran a tener un saldo a favor hasta por 10 mil pesos, pueden enviar su declaración con la pura contraseña, no requerirían firma electrónica o, si bien, su saldo es mayor a 10 mil y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando usen la misma clave interbancaria, pueden optar por mandar con la pura contraseña», dijo.

El contribuyente puede presentar su declaración por internet o, si requieren ayuda, deben hacer cita ante la alta afluencia que hay.

«Posterior a la fecha límite del 2 de mayo, se puede seguir presentando la declaración, nada más que ya se considera una declaración de forma extemporánea y, en caso de que se llegara a tener saldo en contra, que tengan que pagar impuestos, si la presenta dentro del plazo tiene la facilidad para hacerla hasta en seis parcialidades, siempre y cuando la primera se haga dentro de ese plazo; pasando la fecha ya no estaría disponible, se tendría que hacer en una sola exhibición», recalcó.

Explicó que la autoridad tiene hasta 40 días para revisar y analizar la información de la declaración anual para hacer la devolución.

PARA TENER EN CUENTA

*El 2 de mayo es la fecha límite para presentar la Declaración Anual 2022 de personas físicas. 

* Deben presentar Declaración Anual quienes reciban ingresos por

* Sueldos y salarios o asimilados a salarios.

* Servicios profesionales.

* Actividades empresariales.

* Cobro de rentas por algún bien inmueble.

* Intereses o dividendos.

* Enajenación o adquisición de bienes.

* Régimen Simplificado de Confianza.

* Para presentar la declaración es necesario contar con RFC y e.firma vigente o contraseña.

* Recordar que SAT ID está disponible en caso de requerir generar o renovar contraseña o renovar e.firma. 

* Para personas físicas que tributan en el Régimen de Sueldos y Salarios, tomar en cuenta que se debe enviar la declaración con lo siguiente:

* Contraseña

* Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos.

* Si el monto es mayor a 10 mil y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

e.firma

* Si el saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

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