Fuentes fidedignas. Por: Isaias Alvarez
La ley en el estado de Tamaulipas y muy posiblemente en todo el país, al parecer no aplica para los funcionarios públicos de un alto nivel. Existen ciertas leyes y requerimientos en donde claramente se establece que un político debe cumplir con ciertos requisitos y presentar documentación de acuerdo con las dichas leyes. Lo que inquieta a la mayoría de la población es la omisión de estas leyes, como si se tratara de algo no importante mostrando indiferencia por parte del político al no cumplir debidamente estos requisitos.
El primer ejemplo en el que nos enfocaremos hoy, son las declaraciones patrimoniales. Este sistema permite saber y dar a conocer con qué bienes cuenta cada funcionario antes de entrar en funciones a un cargo público y posteriormente con cuanto se retira. Es un ejercicio muy simple en el que simplemente si no cuadran sus ganancias con lo que obtuvo durante algún periodo determinado de tiempo, nos podríamos dar cuenta si incurrió en algún delito siendo funcionario.
El problema recae en que un gran porcentaje de funcionarios no presentan su declaración patrimonial aun cuando la ley marca que es una obligación que lo haga. Algunos la mantienen privada argumentando que por seguridad no la hacen publica, y eso lo dijo expresamente una diputada local hace ya un tiempo, y es fecha que la sigue manteniendo oculta. En estos casos es bien fácil, si temes a que algo te pase a ti o a tu familia, no te postules ni entres a ningún puesto público, porque nadie obliga a alguien a ser político. El querer ayudar a tu localidad se puede realizar por otros medios en donde no tengas que mostrar tus bienes, pero como el ser político es demasiado redituable y en la mayoría de los casos sin consecuencias, suceden este tipo de situaciones.
La ley general de responsabilidades administrativas federal artículo 33 cita: «Tratándose de los supuestos previstos en las fracciones I y II de este artículo, en caso de que la omisión en la declaración continúe por un periodo de treinta días naturales siguientes a la fecha en que hubiere notificado el requerimiento al Declarante, las Secretarías o los órganos internos de control, según corresponda, declararán que el nombramiento o contrato ha quedado sin efectos, debiendo notificar lo anterior al titular del Ente público correspondiente para separar del cargo al servidor público».
Aquí el problema no solo es del funcionario, sino también de la institución encargada de aplicar y hacer valer las sanciones correspondientes. Parece ser que existen ciertos intere$e$ para que estos revocamientos de nombramientos no sean ejecutados y al final de cuentas el servidor con la obligación en cuestión haga lo que le dé su gana. Esto sucede desde diputados hasta alcaldes municipales, y no dudamos que también con algún gobernador del país.
Claramente se necesita una limpia a nivel general en todas las instancias gubernamentales y erradicar este tipo de prácticas y al fin se aplique la ley a todos, no solo a la ciudadanía vulnerable y sin ‘palancas’. Existe un nivel de impunidad entre la clase política; perdonarles lo que hacen y ‘echarles la mano’ con ciertas cosas como la declaración patrimonial insta a que otros lo hagan y gradualmente se vaya perdiendo el temor de que si se infringe la ley, existen consecuencias a pagar.