Nacional

Disminuye un 81 por ciento el consumo de alcohol en vía pública durante la pandemia

Se redujo el número de remisiones ante el juez cívico. Sólo en AO aumentó 2.4 por ciento

CARLOS NAVARRO

En las calles de la Ciudad de México, sus habitantes han dejado de ingerir bebidas alcohólicas en un alto porcentaje, principalmente durante la pandemia.

Información de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales local, entregada vía transparencia, señala que hay una disminución de las personas remitidas al juzgado cívico por beber alcohol en espacios públicos no autorizados.

Según el documento con el folio 090161722000776, en el primer semestre de 2019 fueron remitidas a un juzgado cívico 23 mil 175 personas por consumir alcohol en lugares públicos; en 2020, disminuyó a 10 mil 219; en 2021, a cuatro mil 588; y en 2022, a cuatro mil 393.

beber en la calle
En 2022 remitieron a 4 mil 393 personas al juzgado cívico por consumir en lugares públicos. Crédito: Cuartoscuro

En medio de la emergencia sanitaria por COVID-19 se ha dado este decrecimiento. Incluso si se compara enero a junio de 2019, contra el mismo lapso de 2022, la disminución es de 81 por ciento.

A excepción de la alcaldía Álvaro Obregón, que mostró un aumento de 2.4 por ciento en las remisiones por esta conducta, el resto de los territorios capitalino tiene decrecimientos amplios.

El caso de Cuajimalpa es el más significativo, ya que su disminución es de 99.3 por ciento, al pasar de mil 463 a 10 personas que fueron presentadas ante el juez cívico. Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Miguel Hidalgo, Milpa Alta y Tláhuac son otros territorios que tienen disminuciones por encima de 90 por ciento.

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Ingerir bebidas con alcohol en lugares públicos es una falta cívica. Crédito: Cuartoscuro

En la comparativa no se tomó en cuenta Tlalpan, porque la Consejería no incluyó los resultados de 2022 en dicha demarcación en la respuesta a la solicitud de información.

De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, en su artículo 28, son infracciones contra la seguridad ciudadana: “ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados o consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos, independientemente de los delitos en que se incurra por la posesión de los estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas”.

Estas conductas se sancionan con una multa equivalente de 21 a 30 Unidades de Medida, o arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas. 

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