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Diputados aprueban que desaparición forzada sea crimen de lesa humanidad

La iniciativa fue avalada con 470 votos a favor, cero en contra y una abstención.

CIUDAD DE MÉXICO (apro). – La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular un dictamen para que el delito de desaparición forzada de personas constituya un crimen de lesa humanidad, en términos del Estatuto de Roma.

La iniciativa, que significa que este delito no prescribirá nunca, fue avalada con 470 votos a favor, cero en contra y una abstención.

El dictamen, de acuerdo con un comunicado de la Cámara de Diputados, precisa los casos en que los superiores jerárquicos serán considerados autores del delito de desaparición forzada de personas, cuando hayan tenido conocimiento de que los subordinados, bajo su autoridad y control, estaban cometiendo o se proponían cometer un delito de desaparición forzada, o haya conscientemente hecho caso omiso de información que lo indicase claramente.

“También cuando hayan ejercido su responsabilidad y control efectivos sobre las actividades con las que el delito de desaparición forzada guardaba relación, y cuando no hayan adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o impedir que se cometiese una desaparición forzada, o para poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes para su propia investigación”, señala el comunicado.

De esta forma se impone pena de 20 a 30 años de prisión y de 500 a 800 veces la Unidad de Medida y Actualización a quien omita entregar a la autoridad o familiares al niño o niña nacidos durante el cautiverio de su madre sometida a una desaparición forzada; sustraiga o se apropie del niño o niña sometidos a desaparición forzada, o cuyo padre, madre o tutor hayan sido sometidos a desaparición forzada y, oculte, destruya o falsifique aquellos documentos que prueben la identidad de los niños mencionados en las fracciones anteriores.

El dictamen, que pasó al Senado, determina que incurren en el delito de desaparición cometida por particulares la persona o grupo de personas que priven de la libertad a una persona, se nieguen a reconocer dicha privación, oculten el paradero de la persona desaparecida para sustraerla de la protección de la ley.

Asimismo establece que la investigación, persecución, procesamiento y sanción de las conductas relacionadas con el delito de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares sólo será competencia de las autoridades federales o estatales del orden civil, aun cuando dichas conductas sean realizadas por un militar en contra de otro militar.

La impulsora de la propuesta, la morenista Karla Yuritzi Almazán Burgos, consideró que con este dictamen se da un paso importante en favor de miles de personas que han sido víctimas del delito de desaparición forzada.

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En la discusión en lo particular, se aceptó la reserva presentada por el diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC), con la finalidad de establecer que el delito de desaparición forzada de personas constituye un crimen de lesa humanidad, esto en términos del Estatuto Roma.

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