¿Víctimas o cómplices?
Sin Filtros; Por Brenda Ramos
El Código Penal Federal menciona en su artículo 222 (a la letra):
Cometen el delito de cohecho: I.- El servidor público que, por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, PARA HACER O DEJAR DE REALIZAR un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
Por lo cual, los audios de Luis Espino el hijo del auditor en los que se le escucha ofreciendo $5MDP a regidores del ayuntamiento de Reynosa para que lo propongan en una terna con el fin de ser el nuevo presidente de la ciudad con el apoyo de su padre el auditor superior del estado, asi como del fiscal Irving Barrios, Gerardo Peña y el gobernador Cabeza de Vaca, además de haber aceptado públicamente que si hizo los ofrecimientos, es moción suficiente para que Alejandro Gertz Manero el Fiscal General de la República atraiga el caso.
Tanto para investigar a Espino y al gobierno panista, pero además para averiguar si los regidores si le recibieron dinero a Luis Espino, o a otros interesados en obtener la presidencia de Reynosa, o si el mismo Carlos Peña y su Madre, o parte de su grupo político los sobornó para conservarla, ya que el artículo 222 también incluye como delito de cohecho, el dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, y el cabildo de Reynosa dejo de cumplir con su trabajo que era enviar una terna al congreso para relevar a Carlos Peña como presidente municipal, al violar el código del ayuntamiento en un sin número de ocasiones, y sobre todo, por haberse cumplido más de dos meses sin un alcalde que acuda de manera presencial.
Lo más impactante, son los descuidos cometidos por la mayoría del cabildo que se convierten en causas probables de haber recibido o incluso ellos mismos haber pedido sobornos por apoyar a Carlos Peña para no enviar la terna al congreso del estado a fin de seguir manteniéndolo como presidente municipal espurio.
¿Qué dice el artículo 168 del Código Penal?
Artículo 168.-La probable responsabilidad del indiciado se tendrá por acreditada cuando, de los medios probatorios existentes, se deduzca su participación en el delito, la comisión dolosa o culposa del mismo y no exista acreditada a favor del indiciado alguna causa de licitud o alguna excluyente de culpabilidad.
Cuando Luis Espino se confiesa culpable del audio, y da los nombres de los tres regidores con los que habló (Carlos Ramírez, Antonio Chavez y Salvador Leal) no dio a conocer si alguno de ellos u otros, recibió dinero de su parte, pero el haberlo estado escuchando mientras lo ofrecía, de acuerdo con el artículo 168, da la causa probable para investigarlos como cómplices, por lo tanto, también culpables del delito de cohecho. ¿Le habrán aceptado dinero?
Y seguimos con las causas probables
Pero este caso tiene dos caras, pues tal parece que los regidores afines al grupo político de Carlos Peña Ortiz creyeron que si recibían o pedían dinero, para favorecer a los intereses del graduado de Harvard no tendrían consecuencias legales, sin embargo el artículo 222 del código penal es muy claro, ya que también es culpable de cohecho quien reciba dinero POR DEJAR DE REALIZAR un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión (Y la familia Peña Ortiz tiene la señalización moral de la ciudadanía, políticos y medios de comunicación de haber practicado el soborno para conseguir la candidatura de Carlos en 2021).
Resultando evidente que el cabildo ha dejado de realizar sus funciones, al no enviar la terna al congreso del estado para que se ponga un nuevo presidente municipal, ya que de acuerdo con el artículo 38 de la constitución política mexicana, al tener orden de aprehensión, Carlos Peña perdió sus derechos políticos OBVIAMENTE INCLUIDO EL DE GOBERNAR REYNOSA.
Será la autoridad la que indague si la familia Peña Ortiz o alguno de sus afines (Como el secretario del ayuntamiento Jose Luis Márquez) ofrecieron sobornos a los síndicos y regidores para no actuar de acuerdo con lo que establece el código municipal, de enviar la terna al congreso local. Repito Carlos Peña lleva más de dos meses sin presentarse en la alcaldía, los mismos que el cabildo ha sido omiso en actuar ¿Habrán recibido sobornos o recompensas por omisos?
Las pruebas para analizar
Una de las pruebas que la ley podrá analizar, es la CARTA ABIERTA DIRIGIDA AL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE REYNOSA Y A TODA LA SOCIEDAD TAMAULIPECA.
Ya que en esta hay tres vertientes posibles; número uno, los 4 regidores que firmaron primero son obviamente incondicionales a Maki y Carlos. Partiendo de esto, pueden investigar si recibieron algún soborno para apoyar a Carlos ante el gobernador y la ciudadanía.
La segunda es, los que firmaron después; a ellos los pueden investigar, a fin de saber si de ellos salió pedir, negociar o incluso exigir un soborno para apoyar a Carlos Peña ante el gobernador y la ciudadanía.
Y por último están los que no firmaron; ¿Tendrán ellos pruebas de que la familia Peña Ortiz los intentó sobornar para apoyarlos? Pero la prueba más sólida que habría de revisar la ley, son las vacaciones a Europa de uno de los mencionados por Luis Espino en su video de confesión; ¿Podrá Antonio Chávez comprobar que sus ingresos son los suficientes para permitirle realizar este viaje? Y si no puede hacerlo ¿Quién será su patrocinador? ¿Espino o los Peña Ortiz? En cualquiera de los casos, es un delito.
Será la autoridad correspondiente la que se encargue de determinar quien es víctima o cómplice en esta situación; lo que, si es que los audios de Luis Espino fueron la gota que derramo el vaso, para demostrar el problema de ingobernabilidad en Reynosa, y cómo la corrupción se adueñó de esta situación que surge de un problema legal de Carlos Peña aunque, él y su familia insistan en hacerlo político. Pero también, al haber tanta incertidumbre con la participación del cabildo en temas de corrupción, la decisión de una terna para designar un nuevo presidente no debería estar en sus manos, y aquí la única opción viable sería la de poner una JUNTA DE ADMINISTRACIÓN CIVIL para que dirija Reynosa.