Ciudad Victoria.- A medida que se acercan los momentos importantes del proceso electoral, se apodera el nerviosismo de los aspirantes.
Incluso los que parecen más seguros y fuertes de ganar la designación cometen precipitaciones y actos arriesgados que rayan en la infracción de la ley electoral. El más obvio de todos es el de la difusión de sus actividades públicas.
Asociaciones de amigos, reuniones con productores o empresarios, promociones “ciudadanas” y redes de simpatizantes sirven de camuflaje para hacer propaganda electoral a favor de actores políticos. Y en esta lista debemos agregar, penosamente, a otro sector que debería distinguirse por su imparcialidad y distancia del poder: los periodistas.
Es evidente ya la carga pesada de mensajes en medios electrónicos y redes sociales para agrandar la imagen de algún aspirante o hasta de un partido. Algunos de ellos cuentan con equipos de comunicación y comparten boletines con los informadores. Muchos se publican tal y como están redactados y hacen notar esa reproducción en las páginas y cuentas de los medios. Deben hallarse en una etapa de inseguridad y tensión profundas, ya que de otro modo no expondrían su proyecto a sanciones de todo tipo, incluso a la amenaza de cancelación.
Las reglas de la propaganda y la publicidad política cambiaron drásticamente en 2007. A eso llevaron los excesos de la elección presidencial de 2006, en la que medios, comunicadores y asociaciones civiles, en un solo frente, cargaron contra Andrés Manuel López Obrador en una campaña inequitativa y antidemocrática.
Una de las primeras reformas fue de corte constitucional. Se modificó la letra del artículo 41 para marcar un límite a la injerencia anárquica de los medios electrónicos: “Los partidos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión”.
Esta limitante aplica también a particulares que difundan publicidad política al margen de partidos o candidatos. “Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor ni en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular”.
Luego, el Código Federal Instituciones y Procedimientos Electorales no deja pasar siquiera las publicaciones gratuitas cuando tengan una evidente intención de promover políticamente una fórmula. El artículo 350 declara como infracción “La difusión de propaganda política o electoral, pagada o gratuita, ordenada por personas distintas al Instituto Federal Electoral.”
Desde luego, hay salvaguardas para el oficio en una reciente jurisprudencia: “La información difundida por los noticieros de radio, televisión o prensa como cobertura de los partidos políticos y sus candidatos no se considera propaganda electoral (SUP-JRC-79/2011 y SUP-JRC-80/2011 acumulados).” Atención: dice cobertura, es decir, con la presencia de un cronista, un reportero o un analista en el lugar de los hechos. Recibir y reproducir boletines no es cobertura.
Quedan protegidos por la Constitución, por ser parte del derecho fundamental de expresión, los géneros informativos como “la noticia, la entrevista, el reportaje, la crónica, tanto como el periodismo de opinión, en sus modalidades de editorial, comentario y denuncia ciudadana.”
Desde luego, solo se protegen aquellos trabajos imparciales y objetivos, pues la ley también reconoce las trampas de hacer propaganda por medio del periodismo. “Cuando la entrevista es una simulación, difundida repetidas veces en distintos espacios de manera prolongada, el ámbito periodístico se sobrepasa y se vuelve un medio publicitario que atenta contra la normativa electoral” (al menos 13 jurisprudencias). Volvemos al punto inicial: entrevistar a un candidato o dirigente de partido durante una campaña no es propaganda. Repetir la misma entrevista en distintos medios, sí lo es.
Con excepción de la radio y la televisión, sujetos a regulación propia por hacer uso de bienes de la nación, las sanciones aplicables recaen en aspirantes, candidatos y partidos. Como es sabido, la más drástica es la cancelación de candidaturas y precandidaturas, así como la anulación de resultados.
Para afirmar que hay violaciones al Cofipe en la actualidad, se requiere una auditoria exhaustiva de los medios de Tamaulipas y sus contenidos, ejercicio que le corresponde a los actores de este tema. Pero no estamos ciegos: se ven publicaciones repetidas y copiadas acerca de mítines, cabalgatas, saludos y encuentros “ciudadanos”. Hay grupos de WhatsApp compartiendo material de algunos aspirantes. ¿Habrán preguntado a sus asesores o abogados si estas acciones cumplen con la ley? ¿Están los aspirantes bien orientados? ¿Los mueve una estrategia bien articulada o simplemente la desesperación?
Muy despistada, llegó una denuncia electoral en contra del Rodolfo González Valderrama por supuesto uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada. El 10 de noviembre, el IETAM la declaró inexistente. Toca investigar ahora al bando contrario.
Es perceptible en algunos partidos la intención de echar ‘la carne al asador’, de difundirlo todo como si fuera un gesto espontáneo de los ciudadanos. Con seguridad, no lo harían si estuvieran en primer lugar de las preferencias.