Declara juez inconstitucionales artículos de códigos Civil y de Procedimientos de Tamaulipas
Por David Zárate Cruz
Cd, Victoria, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal declaró inconstitucionales los artículos 46, 51, 52, 53, 54 y 55 del Código Civil y los 564, 565, 566 y 567 del Código de Procedimientos Civiles de Tamaulipas, al otorgar amparo en contra del Congreso del Estado por substanciar con procedimientos diferentes dos casos similares, y ahora el Registro Civil de Victoria tiene tres días para efectuar una adecuación sexogenérica de un acta de nacimiento de hombre a mujer.
El Juez Francisco Manuel Rubín de Celis Garza, titular del Juzgado Décimo Segundo de distrito en Victoria, determinó que los artículos mencionados prevén que para el reconocimiento de un hijo se pueda hacer un procedimiento administrativo, mientras que para el de reasignación sexo-genérica debe ser un proceso judicial, cuando ambos tienen por finalidad el cambio de un dato esencial del acta de nacimiento, con el consecuente efecto de que ese cambio se vea reflejado en el acta correspondiente.
El Juzgado emitió la sentencia el 20 de septiembre, fecha en que fungía la Legislatura encabezada por el Partido Acción Nacional (PAN), y este 13 de octubre causó ejecutoria se (hizo firme) bajo la encabezada por MORENA, por lo que los nuevos Diputados deberán inaplicar dichos artículos a la persona beneficiaria del amparo en el juicio 904/2021.
Dentro de ello, el Registro Civil de Victoria deberá dejar sin efectos el oficio SGG/CGRC/0023/2021 de 19 de mayo de 2021 y en su lugar, dictar otro dando trámite a la solicitud formulada, a fin de adecuar un acta de nacimiento por cuanto hace a la identidad de género auto-percibida, con la precisión de que para que el procedimiento administrativo que ha de seguir, sea idóneo y cumpla a cabalidad con los estándares que señala tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este jueves 14 de octubre, el Juez le da tres días a María del Rosario Garza Hinojosa, coordinadora del Registro Civil en Victoria para que dé cumplimiento al fallo protector, o bien, manifieste el impedimento que tenga para ello, debiendo remitir las constancias que justifiquen uno u otro extremo, bajo el apercibimiento que de no hacerlo así, se le impondrá una multa.