En una larga sesión y tras varias horas de negociación, se aprueba esta madrugada en lo general y en lo particular. AMLO no podrá opinar durante el proceso.
El pleno del Senado de la República aprobó la nueva Ley Federal de la Revocación de Mandato con modificaciones en 29 artículos donde se incluye la redacción de la pregunta donde se establece que se revoque por pérdida de confianza al Presidente, y de último momento Morena retiró una reserva que planteaba que el Presidente de la República no tuvieran ningún tipo de veda para que pudiera opinar e informar acerca de la continuidad en su cargo durante este proceso.
En el marco de una larga sesión y después de varias horas de negociación. se aprobó en lo general y en lo particular con 101 votos a favor y dos contra el nuevo marco legal que es una demanda del presidente Andrés Manuel López Obrador y que es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución.
La oposición logró cambiar que esta consulta sea en los términos de revocación y no de ratificación de mandato como pretendía Morena y sus aliados en el dictamen original.
La pregunta avalada quedó en los siguientes términos: ¿Estás de acuerdo en que (nombre) al Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?
En las boletas además de la pregunta se incluirán estas dos opciones: Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o Que siga en la Presidencia de la República.
En el artículo 33, la bancada de Morena y sus aliados buscaban incluir que el presidente López Obrador no sería silenciado o tendrá veda por lo que podrá hablar y promocionar su gobierno y programas durante el proceso de revocación de mandato.
“Esto contaminará este proceso de democracia participativa por parte del primer mandatario”, advirtió el senador por Movimiento Ciudadano, Juan Zepeda.
Ricardo Monreal, dijo que en el Senado “no hay obediencias ciegas” en las reformas aprobadas y anunció que en el artículo 33 no hubo acuerdo con la oposición y en el ánimo de la construcción de acuerdos futuros y para no judicializar este nuevo marco legal, Morena retiró la reserva que planteaba que “sin perjuicio de lo establecido en el artículo 134 de la Constitución, el titular del Ejecutivo Federal tendrá el derecho de opinar e informar acerca de la continuidad en su cargo”.
Mónica Fernández Balboa, senadora por Morena, en tribuna reconoció la voluntad política de todos los coordinadores parlamentarios e indicó que se incluyó una adenda que modificó 29 artículos del dictamen original y los 5 transitorios, así como se evitó dejar a interpretaciones de entidades no legislativas en el tema de la revocación de mandato.
La nueva ley, que se turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y aprobación, señala se requiere de al menos, al tres por ciento los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.
Se indica que queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato”.
El Instituto Nacional Electoral (INE) realizará el monitoreo de medios de comunicación, prensa y medios electrónicos, a fin de garantizar la equidad en los espacios informativos, de opinión pública y/o de difusión asignados a la discusión de la revocación de mandato.
Además el INE deberá tener a disposición de las ciudadanas y ciudadanos, a más tardar el 1 de octubre de 2021, el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024.
El Instituto deberá iniciar la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, la cual concluirá tres días previos a la fecha de la jornada.
Durante la campaña de difusión, el Instituto promoverá la participación de las y los ciudadanos en la revocación de mandato a través de los tiempos en radio y televisión que corresponden a la autoridad electoral.
La nueva ley expone que la promoción del Instituto deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos. De ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la revocación de mandato.
“Los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto con el propósito de influir en las preferencias de las ciudadanas y los ciudadanos”, se subraya.
El INE establecerá convenios de coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público u otras dependencias, para prevenir, detectar y sancionar el uso de recursos públicos con dichos fines, que realicen los organismos o dependencias de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios.