TEE avala convenio de candidatura común solicitado por Morena y Nueva Alianza Colima
ales y ayuntamientos de la entidad.
En su sesión pública extraordinaria de este miércoles, el TEE revocó la resolución IEE/CG/R010/2020 aprobada el 25 de diciembre pasado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE), que había determinado la improcedencia del registro del convenio de candidatura común acordado por los dos partidos.
Según el IEE, el convenio transgrede disposiciones que la Ley General de Partidos Políticos establece para la participación de los partidos en los procesos electorales a través de figuras de asociación, pues pretendieron postular un número de candidaturas mediante una misma plataforma electoral, que en esencia constituye una coalición.
Lo anterior, de acuerdo con ese organismo, permitiría la obtención de ventajas indebidas en perjuicio de la equidad en la contienda, como la alteración injustificada de una coalición, con posteriores implicaciones sobre el otorgamiento de prerrogativas.
También adujo que, a efecto de participar a través de la figura de candidatura común dentro del proceso electoral local 2020-2021, únicamente podrán postular de esa forma hasta el 24.99% de las candidaturas a la gubernatura del estado, diputaciones y ayuntamientos en conjunto; sin embargo, abundó, “este precepto no se cumple en la solicitud de candidatura común presentada por Morena y Nueva Alianza Colima para las diputaciones y ayuntamientos”.
Al resolver este día los recursos de apelación RA-01/2021 y RA-02/2021, promovidos por los dos partidos, el TEE consideró en votación unánime que el convenio de candidatura común se apega a la legalidad, y ordenó al IEE otorgar el registro dentro de un plazo de cuatro días naturales posteriores a la notificación de la sentencia.
Morena y Nueva Alianza contenderán también bajo convenio de candidatura común en la elección de gobernador, donde, según el acuerdo, el segundo partido apoyará a la candidata postulada por el primero bajo sus propias reglas.