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Aprueba la Cámara normas que regulan el teletrabajo

Roberto Garduño y Enrique Méndez .

La Cámara de Diputados en la Ciudad de México. Foto Roberto García Ortiz / Archivo

Miércoles 9 de diciembre de 2020. La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para incluir en las relaciones laborales el teletrabajo, como la prestación de un servicio remunerado y subordinado en un lugar distinto al centro laboral, mediante el uso de tecnologías de la información. Entre otros beneficios, incluye el derecho de los empleados a la desconexión, para que su jornada se limite a la contratada con el patrón.

La reforma precisa que el teletrabajo será voluntario y las condiciones laborales estarán regidas en un contrato específico. Con la reforma no desaparecen los derechos a la libre afiliación sindical, a vacaciones ni licencias por maternidad o paternidad.

Con el propósito de garantizar el derecho a la intimidad de los trabajadores bajo la modalidad a distancia, se prevé que sólo se podrán usar cámaras de video y micrófonos para supervisar el trabajo de manera extraordinaria y se prohíbe su geolocalización, se precisa en el dictamen aprobado por 440 votos a favor.PUBLICIDAD

En junio pasado la Cámara de Senadores aprobó la reforma y la envió a la Cámara de Diputados, que la recibió en septiembre, y a pesar de que el eje de la iniciativa es reglamentar el trabajo a distancia en el contexto de la pandemia por coronavirus, los diputados la aprobaron hasta ayer y con cambios, por lo que fue devuelta a los senadores.

Entre otros beneficios delineados por los legisladores están la reducción del estrés y gastos de los trabajadores al tener que trasladarse hasta su centro laboral, y para las empresas reducción del monto de sus pagos por servicios como electricidad, agua e insumos.

Gastos extras

Para la realización del trabajo a distancia, se obliga a los patrones a aportar los medios, recursos y herramientas necesarias para que los empleados cumplan con su labor, las cuales incluyen definir horarios para comida, asumir gastos que se deriven de la jornada laboral, respeto al derecho a la desconexión de Internet, capacitación y asesoría para el uso adecuado de las tecnologías de la información, e incluso mantenimiento de las computadoras y pago proporcional del uso de electricidad en el domicilio del trabajador.

También se incluyen obligaciones especiales a las personas que se encuentran bajo la modalidad de teletrabajo, como el cuidado, guarda y conservación de los insumos que se le proporcionen para sus labores, así como respetar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades.

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