Anula SCJN cobro de alumbrado que avaló el Congreso
La propuesta de algunos ayuntamientos, avalada por el Congreso Local, para cobrar el alumbrado público entre otras medidas, fue desechada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tras una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
La acción mencionada, con registro 21/2020 se ejerció contra la aplicación de leyes de Ingresos propuestas por gobiernos municipales.
La SCJN consideró que las normas que establecen el cobro por la prestación del servicio de alumbrado público para el ejercicio fiscal de 2020, transgreden los principios tributarios de proporcionalidad y equidad al fijar el monto del derecho a partir de circunstancias ajenas al costo del servicio.
Quienes querían cobrar el alumbrado, consideraron el total de metros de frente a la vía pública de todos los predios, lo que generaba incertidumbre en los contribuyentes dada la amplitud de sus disposiciones pues el legislador no precisó si se trataba del universo de predios del municipio o sólo del barrio, colonia, población específica y otra circunscripción territorial.
También se invalidaron los preceptos que establecían el cobro por el servicio de búsqueda, ésto por vulnerar el principio de gratuidad en el acceso a la información y los artículos que establecían el cobro por su entrega en copias simples, certificadas y medios técnicos.