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SFP acusa a Nexos de presentar información falsa para obtener un contrato público

PROCESO

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La empresa que edita la revista Nexos violó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público al presentar información falsa en una adjudicación directa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en 2018, informó la Secretaría de la Función Pública (SFP).

Por esa razón se le inhabilitó por dos años y se le multó con casi un millón de pesos, detalló la dependencia federal en un comunicado.

En el Diario Oficial de la Federación se publicó este jueves una circular en la que se ordena a las dependencias y entidades de la administración pública federal, empresas productivas del Estado y a los gobiernos estatales abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa editora de Nexos, revista que dirige el escritor Héctor Aguilar Camín.

“La Secretaría de la Función Pública determinó que la editorial Nexos, Sociedad, Ciencia y Literatura, S.A. de C.V., violó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público al presentar información falsa en una adjudicación directa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en 2018.

“El Órgano Interno de Control (OIC) en el IMSS resolvió sancionarla con inhabilitación por 2 años y multa por 999 mil 440 pesos, al acreditarse que dolosamente presentó información falsa para obtener el contrato público”, refiere el comunicado de la dependencia que encabeza Irma Eréndira Sandoval.

La resolución emerge de una investigación que condujo el OIC en el IMSS, a partir de una denuncia de la Coordinación Técnica de Planeación y Contratos del propio Instituto Mexicano del Seguro Social, detalla.

“En este proceso administrativo sancionador se acreditó que la empresa entregó documentación con información falsa al obtener la asignación directa de un contrato para la difusión de la campaña institucional de la más alta importancia para la salud pública del país: ‘Chécate-mídete-muévete’”, explicó la SFP.

La dependencia reprobó “las conductas que faltan no solo a la legalidad, sino también a la ética al proporcionar información apócrifa o falaz para obtener un contrato público.  Asimismo, trabaja para erradicar los derroches y abusos del pasado: ‘Nada, ni nadie, por encima de la ley’”.

La resolución, aseguró la SFP, es resultado de una minuciosa investigación apegada a derecho y en la que se salvaguardó en todo momento el derecho de audiencia de la empresa sancionada.

“La Función Pública actúa con imparcialidad tanto en sus fallos como en sus investigaciones, sin pactos de impunidad ni consignas políticas”, concluyó.

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