Fortalecen facultades al administrador y funcionarios de Aduanas en NLD
Esto al recibir otras facultades mediante un acuerdo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
NUEVO LAREDO, TAM.- Tienen ahora más poder el titular y los funcionarios de la AGA, al recibir otras facultades mediante un acuerdo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Horacio Duarte Olivares será el nuevo titular de la Administración General de Aduanas (AGA), una designación que requiere la aprobación del Senado de la República.
El SAT incrementó las facultades de los funcionarios públicos de la AGA y la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), entre los que resalta la posibilidad de cancelar la autorización de una agencia aduanal o inhabilitar agencias aduanales.
El nombramiento de Duarte Olivares fue porque Ricardo Ahued Bardahuil renunció la semana pasada como titular de la AGA, y quien expresó a los medios de comunicación que “en las aduanas es muy fácil corromperse y que en el tiempo que duró al frente de la dependencia encontraron prácticas nocivas”.
En el Artículo Segundo del acuerdo publicado por el SAT en el DOF, establece que el Administrador General de Aduanas tendrá las facultades de retener las mercancías de comercio exterior, cuando las autoridades competentes presuman una infracción a las disposiciones que regulan la materia de los derechos de autor y de propiedad industrial.
También sus facultades son otorgar o cancelar las autorizaciones de agencia aduanal, de agente aduanal incorporado a la agencia aduanal y de mandatario de agencia aduanal, así como inhabilitar a las referidas agencias; tramitar, resolver y notificar los actos o resoluciones concernientes a los asuntos relacionados con dichas autorizaciones o con la inhabilitación.
En tercer lugar, vigilar y verificar el cumplimiento de las obligaciones de la agencia aduanal, del agente aduanal incorporado a la agencia aduanal y del mandatario de agencia aduanal; requerirlos para que cumplan las obligaciones previstas en la Ley Aduanera y demás disposiciones aplicables, así como imponer las sanciones que en términos de las leyes aplicables procedan por los actos u omisiones cometidos;
Además, determinar la realización de actos sin el permiso correspondiente de autoridad competente, así como determinar la lesión al interés fiscal, cuando dicha conducta constituya causal de cancelación de la autorización de la agencia aduanal, del agente aduanal incorporado a la agencia aduanal y de mandatarios de agencia aduanal, o causal de inhabilitación de la referida agencia; así como otorgar o cancelar las autorizaciones a las agencias aduanales para actuar en una aduana adicional, así como tramitar, resolver y notificar los demás asuntos inherentes a dicha autorización.
Fuente: Lider Web