POR COVID PIDEN CÁMARAS DE COMERCIO A EJECUTIVO Y LEGISLATIVO CONGELAR RENTAS EN TAMAULIPAS.
Matamoros / Redacción sentido común.
Las Cámaras de Comercio del Estado de Tamaulipas, realizaron un llamado al poder ejecutivo y legislativo del estado para pronunciarse a favor de modificar de manera temporal y transitoria el artículo 1743 del Código Civil, para el Estado de Tamaulipas, mediante una adición; el cual establece que si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el uso del bien arrendado, no se causará renta mientras dure el impedimento, y si éste dura más de dos meses, podrá pedir la rescisión del contrato.
La petición de las cámaras de comercio es en el sentido de que en dicho artículo se contemple la “contingencia o emergencia sanitaria” como supuesto de imposibilidad de explotar de manera comercial o habitacional el arrendamiento de un bien inmueble y se establezca la suspensión de pagos en arrendamiento de vivienda y negocios, sin que opere la recisión de contratos, con un 50% de reducción; señaló el Abogado Christiaan Edoardo Pérez Cosío, Secretario Técnico de la Federación Estatal de Cámaras de Comercio del Estado.
Explicó que dentro de la normatividad y reglas de operación deberá contemplarse únicamente a negocios y rubros afectados por la contingencia relacionada por el COVID-19 de tal manera que no se abuse de la medida, es decir deberá ir a dirigido a negocios locales y no grandes cadenas en rubros como restaurantes, salones de fiesta, tiendas de ropa, hoteles, gimnasios por ejemplificar algunos que se han visto severamente afectados, para lo cual deberá emitirse un listado por actividad para tener acceso a beneficio.
Las cámaras también se manifiestan a favor de suspensión de pagos en préstamos dados por casas de empeño, durante abril y mayo del presente año.
Pérez Cosío, señaló que todo esto debido a la pandemia causada por el Coronavirus o Covid-19 y la imposibilidad que genera el generar recursos para el pago de arrendamientos o generar ingresos en cualquier actividad económica formal.
La propuesta es que durante dos meses no se considere mora o incumplimiento, la ausencia de pago de rentas para locales comerciales y vivienda de negocios locales e inclusive el reducir el 50% los montos de renta, mientras dure la contingencia.
Además, en los préstamos dados por las casas de empeño, dónde la garantía prendaria sea física está no podrá ser adjudicada ni sacada a remate por retraso de pago durante ese lapso.
Esta suspensión dijo no liberará a las personas de en su momento, realizar el pago correspondiente, pero deberá de distribuirse equitativamente en meses hacia adelante y en casos procedentes con una reducción del 50%.
Señalo que congresos de otros estados ya están haciendo estas modificaciones y si bien presentan algunos retos legales la importancia de mantener la economía y el empleo cuidando la salud debe ser la prioridad.