Cd. MaderoZona Sur Tamaulipas

Derechos Humanos pide a escuelas no callar abusos a menores

Los directores están obligados por ley a llamar a las autoridades al percatar un incidente de violencia.

CRISTINA GÓMEZ, SANDRA SOSA Y ANTONIO HERNÁNDEZ

Va la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas (Codhet) contra el abuso sexual infantil. Advierte que si un profesor hace tocamientos a un menor incurre en ese delito, cuya máxima penalidad con todas las agravantes (42 años de cárcel) se acerca a la que se impone por el delito de homicidio.

El segundo visitador de la Codhet, Gerardo Escobedo Izaguirre dijo que los directores de escuelas deben denunciar de inmediato cualquier caso y no quedarse callados. 

De lo contrario, se exponen a ser también acusados por omisión y además de prisión tendrían que pagar una multa de 180 mil pesos.

“Los directores no deben hacer careos entre el alumno ofendido y su maestro, no son policía investigador ni ministerio público, están obligados por ley a llamar en ese momento a las autoridades y no revictimizar al menor”, dio a conocer.

Por invitación del Tec Tampico, el segundo visitador de Codhet, brindó una plática a personal docente del plantel, encabezado por la directora de Educación Media, Claudia Cytlalli Tavera Hinojosa.

El ombudsman ha llevado su mensaje a diversas escuelas del sur de Tamaulipas, donde menciona que ni siquiera las maestras deben abrazar a las alumnas, porque se puede malinterpretar.

“Tocar a un alumno puede ser más penado que matar a alguien”, subrayó. Dijo que hay también criterio de la Suprema Corte de que la declaración de la víctima tiene un valor preponderante frente al acusado. Esto responde al principio de buena fe asentado en el artículo 5 de la Ley de Víctimas. “Tienes que creerle”.

De acuerdo con el artículo 267 del Código Penal de Tamaulipas, comete abuso sexual “quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula”.

Se describen estos como tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos, señala la ley.

En primera instancia, se impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta 200 veces el valor diario de la UMA, pero si hay violencia y la víctima es menor de 15 años; el acusado es su educador y abusó de la confianza, la condena puede alcanzar los 42 años de cárcel.  El juez podrá ordenar la prisión preventiva oficiosa. 

Presentan la “Ley Olimpia”

El Congreso de Tamaulipas dio entrada a la llamada “Ley Olimpia” para castigar la difusión de imágenes, audio y video de contenido erótico y sexual sin consentimiento, castigando hasta con cuatro años de cárcel y una multa de dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

El diputado Francisco Garza de Coss, en Tribuna, presentó la medida que busca reformar el Código Penal para el Estado de Tamaulipas, para castigar al responsable del delito de violación a la intimidad personal.

En donde se destaca que si el sujeto activo tiene relación de parentesco, afinidad o civil, o haya estado unida a la persona por medio de una relación sentimental con la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte.

“En Tamaulipas urge realizar una reforma que castigue los actos de violencia cometidos y perpetuados en la red tales como es la difusión de contenido íntimo sin consentimiento”.

Fuente: Milenio

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