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Cinco tránsitos de Victoria demandan a Xico por suspenderlos y quitarles el sueldo

Por David Zárate Cruz

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal envió al Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, el expediente 1720/2019 para que se emita sentencia de amparo en un juicio que llevan cinco agentes de Tránsito en contra del alcalde Xicoténcatl González Uresti, por retirarles el sueldo sin que les diera el derecho de defenderse.

El Juez Fernando Ureña Moreno, titular del Juzgado Primero de distrito en Victoria, notificó “que mediante oficio STCCNO/751/2019, de 28 de octubre de 2019, del Consejo de la Judicatura Federal, se determinó que el Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa apoyará a este Juzgado en la resolución de juicios de amparo; en consecuencia, remítase el presente asunto al Juzgado Federal de referencia, para los efectos del dictado de la sentencia correspondiente”.

El 3 de septiembre del 2019, cinco policías de Tránsito municipal presentaron demanda de amparo, reclamando que el 2 de septiembre de ese mismo año fueron citados por el director de Tránsito y Vialidad para informarles que se les había suspendido de sus funciones y que no se les iba a otorgar su sueldo, que debían presentarse en el Departamento de Recursos Humanos y cuya orden la había otorgado el secretario del Ayuntamiento José Luis Liceaga de León.

Cabe destacar que el 5 de diciembre del 2019, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, emitieron la ejecutoria 334/2019, a fin de que el Juzgado recabe las constancias necesarias para la resolución de la suspensión definitiva solicitada en relación a los actos reclamados; y, una vez hecho lo anterior, resuelva con plenitud de jurisdicción lo que en derecho proceda.

Los magistrados determinaron que si la alcaldía de Victoria no ofreció pruebas para demostrar que continúan percibiendo sus haberes acompañando los documentos que derivan del procedimiento que se sigue, y el Juez de Distrito no las recabó oficiosamente para determinar con certeza la naturaleza de los actos reclamados, se considera que se incurrió en una violación a las reglas esenciales del procedimiento.

Fuente: Gaceta

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