Ordena juez a IMSS Tamaulipas dar atención médica urgente a paciente de Victoria
Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Por orden de un juzgado federal, la clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de esta capital deberá atender urgentemente a un derechohabiente al que le había negado una cita médica para ser valorado por un especialista.
Debido a ello, por disposición judicial, el IMSS deberá señalar de manera urgente una cita para que el ciudadano sea valorado por el área especialista tratante y se determine el tratamiento correspondiente para la recuperación de meniscopatia bilateral grado III, ya que al negarle la atención se violó el artículo 62 de la Ley de organismo, ante lo cual mediante la sentencia 1780/2019 los magistrados federales otorgaron el amparo al demandante.
El Juez Francisco Manuel Rubín de Celis Garza, titular del Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, determinó que no se otorgó la atención médica al ciudadano conforme a su padecimiento, ya que obran en autos documentales que ponen en evidencia que al calificarse su accidente como de trabajo y sufrir una recaída, se efectuaron en diversas fechas consultas y evaluaciones médicas, sin embargo no está demostrado que se le otorgó la atención médica relacionada con su padecimiento.
Debe destacarse que e IMSS expuso en esencia que el afectado no es derechohabiente del instituto, en virtud que el 30 de junio de 2019 fue dado de baja por su patrón Proyextra Sociedad Anónima de Capital Variable; en el caso, es desacertado lo argumentado por dichas responsables, ya que debieron otorgarle la atención médica correspondiente a su padecimiento.
Lo cierto es que si el ciudadano sufrió un riesgo de trabajo fue dado de alta y posteriormente tuvo una recaída con motivo del mismo accidente laboral como en el caso, ya sea que esté o no vigente su condición de asegurado, tiene derecho a gozar de atención médica, pues así lo dispone el artículo 62 de la Ley del IMSS, que establece que tiene derecho al subsidio en dinero y, por ende, con mayor razón a las prestaciones en especie, por tanto, la baja no implica que desde ese momento dejó de gozar de dichos beneficios.
El Juzgado otorgó el amparo para que la Unidad de Medicina Familiar Número 67 del IMSS en Victoria preste al ciudadano los servicios de salud, de asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia y rehabilitación, de conformidad con el artículo 56 de la Ley del Seguro Social, adecuados al padecimiento que le fue diagnosticado con motivo del accidente por riesgo de trabajo.
Para lo cual deberán señalar de manera urgente una cita para que sea valorado por el área especialista tratante y, con base en los resultados, se determine el tratamiento correspondiente para la recuperación del padecimiento.
Fuente: Gaceta