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Juez federal corrige arbitrariedad de Xico cometida contra agente de tránsito de Victoria

Por David Zárate Cruz

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La presidencia municipal de Victoria deberá restituir en su empleo y con todas las prestaciones de ley a un agente de Tránsito al que la dirección en la materia le suspendió el sueldo y haberes desde diciembre.

El agente de tránsito fue objeto de violaciones a la ley sin que la autoridad municipal tuviera facultades para ello e incluso sin haber iniciado un procedimiento administrativo, lo que motivó que el Poder Judicial Federal considerara que le fueron violadas las garantías de seguridad jurídica y le otorgó el amparo mediante la sentencia 193/2019.

El Juez Fernando Ureña Moreno, del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, determinó que desde el 10 de diciembre de dos mil dieciocho se ordenó  la  retención de haberes del policía de tránsito, sin que mediara inicio de procedimiento administrativo alguno en su contra, sin que se le otorgara garantía de audiencia con relación al acta administrativa de 7 de diciembre de dos mil dieciocho, por lo que el acto es inconstitucional en sí mismo, al transgredir el derecho de audiencia previsto en el artículo 14 Constitucional.

El 28 de enero, un agente de la Policía de Tránsito Municipal de Victoria acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra de la alcaldía que encabeza Xicoténcatl González Uresti, por la suspensión de haberes (sueldo), lo cual consideró como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El Juez señaló que, si la orden de retención lo fue el 10 de diciembre de dos mil dieciocho, en el que se ordenó la orden de retención de haberes del agente de tránsito adscrito al Departamento de Coordinación Operativa y Educación Vial, derivado de  inasistencias, es inconcuso que el acto privativo (retención  de haberes) se realizó vulnerando la garantía de audiencia, al haber sido emitido sin mediar procedimiento alguno, únicamente levantándose un acta  administrativa, misma que no le fue notificada.

El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para que el Director de Seguridad Tránsito y Vialidad,  el encargado de Coordinación Victoria, y el director General de Recursos Humanos de Gobierno Municipal, dentro del plazo de tres días deberán dejar insubsistente la retención de haberes dictada fuera de procedimiento y ordenar a quien corresponda se restituya al afectado en sus percepciones y prestaciones.

Fuente: Gaceta

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