Periodistas están protegidos laboralmente por la Constitución
La diputada Aleida Alavez Ruiz (Morena) informó que presentará una iniciativa que reforma el artículo sexto de la Constitución Política, para incorporar los conceptos de cláusula de conciencia y secreto profesional, a fin de garantizar el derecho de los periodistas a informar con absoluta libertad.
“La propuesta tiene el objetivo de que en la Carta Magna se tutelen ambos casos, que dan garantías a los periodistas en el ejercicio de su labor profesional”, indicó la legisladora en un comunicado.
Sostuvo que esta profesión es considerada una de las más peligrosas en el país y los comunicadores enfrentan un acoso constante para ejercerla con total libertad; por ello, insistió, es preciso dotarlos de todas las herramientas necesarias que apoyen su ejercicio diario.
“En los últimos años, constantemente aparecen noticias de asesinatos de periodistas que continúan en la impunidad. Sin embargo, poco se conoce de la larga lista de profesionistas desempleados por proteger su derecho a informar con plena libertad o a proteger el secreto profesional que garantiza la seguridad de sus fuentes de información”, apuntó.
Alavez Ruiz refirió que, de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), investigaciones de atentados a medios de comunicación, desapariciones y homicidios de comunicadores, presentan retrasos de 15 años por la indebida realización de diligencias y la tortuosa integración de las carpetas de investigación.
“Esto quiere decir que más de 90 por ciento de las agresiones contra periodistas se encuentran en la impunidad total, por lo que es necesaria la actuación de las instituciones del Estado mexicano para revertir esta condición y por consiguiente revalorizar la calidad de nuestra democracia”, enfatizó
La diputada de Morena consideró impostergable incorporar ambos derechos en el artículo sexto constitucional, para que, desde ahí, se garantice la libertad de expresión.
Explicó que la cláusula de conciencia es una figura que protege la independencia del periodista en su trabajo, pues es un derecho para rescindir, si así lo cree necesario, su contrato con la empresa para la que trabaja si considera que hay cambios editoriales o ideológicos que no van acordes a su quehacer profesional.
“Como consecuencia de la ruptura contractual, el periodista deberá recibirá su liquidación correspondiente según lo hayan establecido en el contrato o como si se tratara de un despido injustificado”, agregó.
Respecto al secreto profesional, la legisladora expuso que este derecho resguarda la identidad de las fuentes de información a que tiene acceso el periodista y garantiza la seguridad de éstos.
“El periodista tiene el derecho de negarse a revelar la identidad de su fuente, del autor de la información, a su empresa, a terceros y a las autoridades públicas o judiciales que se la requieran. Ninguna autoridad podrá ejercer presión de ninguna índole para que se violente este derecho”, aseveró.
Alavez Ruiz destacó que con estas reformas, se armonizan estos derechos con otras Cartas Magnas que ya los incorporan en sus textos, entre ellas, la Constitución Política