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El TEPJF revoca lineamientos del INE sobre aparición de líderes políticos en radio y televisión

Por unanimidad, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los lineamientos del Instituto Nacional Electoral sobre la aparición de dirigentes y voceros partidistas en tiempos de radio y televisión.

Al resolver los recursos de apelación promovidos por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Encuentro Social (PES), del Trabajo (PT) y Morena, el pleno del TEPJF señaló que “el acuerdo controvertido” excede lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal, en los expedientes SUP-REP-575/2015 y SUP-REP-198/2016.

En dichas resoluciones, el TEPJF estableció que en el ámbito orgánico y procedimental, “el INE debía emitir lineamientos relacionados con las atribuciones de la Comisión de Quejas y Denuncias, u otros órganos competentes del mismo instituto, a fin de normar los criterios y elementos a considerar para determinar la posible sobreexposición de personajes mediante el uso indebido de las pautas de los partidos políticos en radio y televisión, cuando se advirtiera o denunciara un abuso del derecho, o fraude a la ley, con motivo del ejercicio de la prerrogativa al acceso de tiempo en radio y televisión, teniendo en consideración que, en principio, los partidos políticos tienen libertad para diseñar y definir sus estrategias de comunicación política”.

De acuerdo con la sentencia, el INE no reguló las cuestiones que le fueron ordenadas en los fallos cuyo cumplimiento pretendía, sino que estableció lineamientos sobre temáticas que rebasan lo mandatado en ellas.

La resolución precisa que el órgano electoral no especificó los elementos de cómo llevar a cabo el análisis integral de los promocionales que sean denunciados, ni las directrices que debían considerarse para estudiar el contexto en el que se difunde el promocional.

Tampoco especificó cómo se revisaría íntegramente el volumen de impactos generados y la reiteración de su contenido, a efecto de llevar a cabo el análisis del cumplimiento de los objetivos constitucionales que rigen las reglas de acceso de los partidos políticos a las prerrogativas de radio y televisión.

Según un comunicado difundido por el TEPJF, el INE no cumplió con lo establecido por la Sala Superior, toda vez que los lineamientos contienen una reiteración de presupuestos y conceptos ya establecidos en la legislación electoral y regulan prohibiciones y derechos fundamentales, sin que ello fuera ordenado.

LA REDACCION

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