Imposible incorporar insuficiencia renal al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos: Secretaría de Salud
Ciudad de México, a 28 de marzo de 2016.
No. 1197
· En 2006, se realizó un programa piloto, pero el costo fue tan alto que amenazó con agotar los recursos del fondo
· Dependencia federal informa a diputados que se necesita una fuente para aumentar montos del Seguro Popular
· Legisladores alertaron que, en México, 12 millones de personas padecen algún grado de deterioro renal
La Secretaría de Salud informó a la Cámara de Diputados que la incorporación de la insuficiencia renal al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos (FPGC) no ha sido posible por el alto costo que esta enfermedad representa.
Indicó que si bien la insuficiencia renal está considerada por el Consejo General de Salubridad como gasto catastrófico, cuya cobertura contempla el artículo 100 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, no ha sido financieramente posible materializar su incorporación al FPGC.
Esa es la respuesta que la Secretaría de Salud dio a un acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 23 de febrero, con el que se le solicitó incluir la atención y tratamiento médico de la insuficiencia renal en el Catálogo Universal de Servicios de Salud del Seguro Popular (financiado por el FPGC), pues en México entre ocho y nueve millones de personas padecen esa enfermedad, y entre 100 mil y 130 mil personas se dializan, para lo cual erogan 250 mil pesos anuales.
Los legisladores expusieron que, de acuerdo con el último censo de Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2012 hubo 12 mil fallecimientos derivados de insuficiencia renal, siendo el Estado de México el de mayor incidencia, con mil 487 casos, seguido de la Ciudad de México, con 948; Jalisco, 920; Puebla, 756; Guanajuato, 604, y Nuevo León, 392 pacientes.
Refirió que lo más grave de la insuficiencia renal crónica es la desigualdad, pues los pacientes de los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS), y el de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) están cubiertos cien por ciento con terapia de reemplazo renal, mientras que los del Seguro Popular no.
En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la Secretaría de Salud argumentó que el financiamiento del FPGC, proviene en un 8 por ciento de la cuota social y de las aportaciones solidarias hechas por la Federación y entidades de la República, tal y como lo establece el artículo 77 Bis 17 de la Ley General de Salud.
En razón de esto, y debido a que se ha llegado a afiliar prácticamente a todo mexicano que así lo ha deseado, los ingresos del Fondo dejarán de incrementarse, manteniendo una tendencia constante en los próximos años, sostuvo.
Los egresos, por el contrario, integrados por el aumento de casos y costos de cada una de las intervenciones que actualmente se cubren, tiene un comportamiento a la alza, por lo que se espera que en un futuro cercano estos sean mayores a los ingresos, lo que provocará la tendencia a la baja del fondo de reserva, que incluso podría agotarse, explicó.
Recordó que el 31 de octubre de 2006, se inició un programa piloto autorizado por el Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social para la atención de pacientes con insuficiencia renal, con el objetivo de contar con elementos que permitieran evaluar el impacto financiero que resultaría de incorporar dicho padecimiento en la cartera de intervenciones del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS).
Sin embargo, abundó, “el costo del financiamiento fue tan alto que amenazó con agotar los recursos del FPGC, dejando expuesto el financiamiento de las enfermedades ya cubiertas por el mismo, razón por la cual la incorporación del citado padecimiento dentro de la cobertura del SPSS, no ha sido posible”.
Puntualizó que para que sea financieramente viable la incorporación del diagnóstico y tratamiento de la insuficiencia renal, dentro de la cartera de intervenciones cubiertas por el FPGC, es necesario prever una fuente de recursos que haga posible aumentar los presupuestos con los que actualmente opera el fondo y, en consecuencia, incrementar el número de intervenciones que son estimadas como gastos catastróficos dentro de la cobertura del SPSS.
De acuerdo con el artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, el SPSS es un mecanismo de financiamiento por el que el Estado garantiza el acceso efectivo, operativo y de calidad, sin desembolso, al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud de sus beneficiarios.
Las intervenciones actualmente cubiertas, añadió, son seleccionadas de forma prioritaria tomando en consideración la sustentabilidad financiera del sistema.
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