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Carlos Germán de Anda, presunto delincuente electoral: PGR

Por Francisco Pucheta González 11 de Junio de 2015

La Procuraduría General de la República reunió los elementos necesarios para considerar al director de Obras Públicas Municipales de Nuevo Laredo, Carlos Germán de Anda, presunto delincuente electoral y se prepara para ejercer acción penal en su contra por los delitos que le resulten imputables.

Lo anterior lo dio a conocer el fiscal federal Javier Trejo quien confirmó que la averiguación previa contra De Anda Hernández es la número 2702/2015 y se encuentra abierta. Se agotarán todas las diligencias para determinar el tipo de acción penal que ejercerán en su contra por violación al Artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. El servidor público fue detenido por la Policía Federal el domingo al mediodía en un centro de operaciones de la colonia Nueva Era, donde coaccionaba el voto a favor del PAN mediante el reparto de sobres de 400 pesos por votante.

Al mismo tiempo la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), anunció que se han iniciado 453 actas circunstanciadas y 24 averiguaciones previas incluyendo la de Carlos Germán de Anda Hernández, funcionario municipal del Ayuntamiento neolaredense detenido el domingo 7 al mediodía por la Policía Federal y puesto a disposición de la PGR, por el delito antes mencionado.

Diez horas después quedó en libertad bajo las reservas de ley y su caso sigue abierto hasta agotar las investigaciones y fincarle las responsabilidades penales que le resulten al principal operador político del alcalde Carlos Canturosas Villarreal.

Igualmente Santiago Nieto Castillo, titular de la Fepade, comunica que el Centro de Denuncia y Atención Ciudadana (Cedac), seguirá recibiendo reportes de la comunidad mexicana que detectó anomalías durante el proceso electoral del domingo pasado y precisó que se les dará seguimiento.

La Cedad está presta para recabar los pormenores de las elecciones intermedias y para que no quede duda se han creado centros de atención en las delegaciones estatales de la PGR en todo el país, que darán curso a las quejas ciudadanas.

La Fepade operó una semana antes de las elecciones y se retiró el lunes 8 de junio pero asignó de coadyuvantes a fiscales especiales para atender los presuntos delitos durante la celebración de los comicios.

En el caso Nuevo Laredo, el fiscal Trejo ha avanzado en las diligencias recabando todas las testimoniales de testigos que acusan a Carlos de Anda de encabezar un operativo montado por el presidente municipal Carlos Canturosas Villarreal, para la compra de votos a favor de la candidata del PAN, Laura Zárate.

La PGR también ordenó el aseguramiento del inmueble donde se cometió el presunto delito, propiedad de la ex regidora Julia Godoy, mientras se continua con la averiguación previa del caso y se integran los elementos de pruebas que obran en poder de la Fepade, en la Ciudad de México, que será quien fije las sanciones contra el presunto culpable.

Asimismo, la Barra de Abogados de Nuevo Laredo, la Asociación de Abogados Ambientalistas y los asesores legales del PRI encabezados por el jurista Nereo Villarreal Ibarra, trabajan organizadamente para asegurarse que los delitos cometidos por el funcionario municipal no queden impunes.

La Fepade advierte que las penalidades contra delitos electorales están vigentes y no modifican en su aplicación por lo que en caso de resultar culpable el funcionario municipal de Nuevo Laredo, alcanzará penalidades por violación a la Ley General en Materia de Delitos Electorales previstos en los artículos 1, 2, 3 y 11.

En rigor, el Artículo 11 establece que, ´´Se impondrán sanciones de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que:

´´I. Coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que participen en evento proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición´´.

´´II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición´´.

´´Si el condicionamiento del programa gubernamental, se realiza utilizando programas de naturaleza social se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en este artículo´´.

´´III.Destine, utilice o permita la utilización, de maneras ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado´´.

´´IV.Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por si mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores´´.

´´V.Solicite a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política´´.

VI. Se abstenga de entregar o niegue, sin causa justificada, la información que le sea solicitada por la autoridad electoral competente, relacionadas con funciones de fiscalización´´.

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