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Legisladores legalizan ley Antimarchas…¿México rumbo a una dictadura?

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Se aprueba en la Cámara de Diputados la llamada «ley Antimarchas»

Por Mauricio Fernández Díaz

Imaginemos un escenario. Cientos o miles de personas (para efecto práctico el número es irrelevante) se concentran en un punto determinado de la ciudad para manifestarse en contra o a favor de una determinada problemática.

Las calles aledañas son cerradas por horas o días, dependiendo la estrategia de movilización del contingente. Quienes quieran ingresar o transitar a dicho espacio, que puede ser desde una cuadra hasta el zócalo deberán renunciar a ello o bien dejar su vehículo y caminar hasta el lugar de destino.

En este punto se crea el nudo; ¿quien, de acuerdo a la Constitución, a nuestras leyes, tiene más derecho a utilizar los espacios públicos? ¿Los manifestantes o los ciudadanos no involucrados en dicha manifestación?

¿Ley anti marchas?

Nuestra Constitución garantiza a ambos ese derecho. El de libre tránsito para todos y el de la libre manifestación de las ideas. Sin embargo, en la práctica una esta sobre la otra, ya que se le da prioridad a la libre manifestación de las ideas que al derecho de transitar libremente por cualquier espacio público.

Aprovechando esta aparente contradicción, el panista Marcos Aguilar propuso la modificación a los artículos 11 y 73.

Los diputados desempolvaron una iniciativa del 24 de septiembre de 2013, la cual, algunos legisladores del PRD, PT y Movimiento Ciudadano calificaron como una “ley antimarchas”… ¿Por qué?

Según el diputado perredista, Fernando Belaunzarán, las reformas a los artículos 11 y 73 de la Constitución, en materia de derecho a la movilidad universal -aprobados el martes en San Lázaro, con 292 votos a favor, 100 en contra y una abstención-, “alguien (los) pudiera interpretar o sobreinterpretar”.

¿Qué dice el texto?
La reforma reconoce en el Artículo 11 de la Constitución el derecho a la “movilidad universal”, atendiendo los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad.

En el Artículo 73 se indica que el Congreso deberá expedir una ley secundaria sobre movilidad universal, y en artículos transitorios se prevé que ésta deberá estar lista en 180 días.

En tanto, las legislaturas de los congresos locales tendrán un plazo de 60 días para adecuar sus leyes de acuerdo a la reforma constitucional y a la ley general, a partir de que ésta entre en vigor.

“Quienes viven y transitan en las grandes ciudades tienen el mismo derecho de utilizar el espacio público que el que tienen las personas que ejercen el derecho a la libre expresión y reunión en el marco de una manifestación, por tanto el Estado buscará mecanismos alternativos para el disfrute de dicha garantía”, dice el dictamen aprobado y enviado al Senado.

Y es precisamente el último párrafo el que causa escozor, suspicacia, ya que dentro de esos «mecanismos alternativos» cabe perfectamente la disolución de las manifestaciones utilizando la fuerza pública, tal y como ya hemos visto en reiteradas ocasiones ha utilizado el estado en contra de los manifestantes.

La diferencia sería que ahora, de interpretarse por parte de los gobiernos de esta manera, sería una patente legal para reprimir cualquier expresión libre de las ideas mediante una concentración pública.

¿Ley antimarchas, sí o no?
En este momento, no hay legislación alguna que prohíba la libre manifestación o una marcha en el país.

Al contrario, el artículo sexto constitucional indica: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público (…)”.

Sin embargo, en los últimos años han existido intentos legislativos por regular marchas, alegando que la libertad de tránsito -también en la Constitución- constituye una especie de límite al ejercicio del derecho a manifestarse Esto último, cuando la libertad de tránsito se afecta con las manifestaciones que obstruyen la vía pública (los bloqueos y plantones, por ejemplo).

La tentación de reprimir…

Las voces de la oposición en la Cámara de diputados han advertido que estas modificaciones son altamente riesgosas en los momentos en que la ciudadanía se encuentra sumamente irritada, manifestando se pacíficamente y «algún gobernante o podría mal interpretar estas modificaciones cayendo en la tentación de reprimirlas, no para garantizar un derecho sino para quitarse de encima una protesta molesta.

“No es el momento político para aprobar este dictamen, no abonemos más a la crispación social. México enfrenta una crisis de Estado, seamos responsables y cerremos el paso a la tentación de reprimir las manifestaciones sociales pacíficas, que en estos días se registran en las calles” fueron las palabras del diputado Ricardo Cantú Garza (PT) al fijar el posicionamiento de su grupo parlamentario, advirtió que bajo el pretexto de garantizar la libre movilidad de los ciudadanos, esta reforma y las leyes secundarias que de ella derivarían, podrían ser utilizadas para inhibir el derecho de la libre manifestación de los ciudadanos.

¿Tenemos en puerta la aprobación de una ley que permitirá al gobierno reprimir legalmente las manifestaciones?

De ser así, entramos de lleno al umbral de una dictadura legalizada por nuestros representantes populares.

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