Cobranza ilegítima
INTERIORES
Por Carlos López Arriaga
Cd. Victoria.- He vivido en carne propia dos casos de reclamo abusivo por parte de compañías telefónicas que emprenden maniobras de acoso intimidatorio por adeudos de terceros que, sin consultarme, me dieron por referencia.
Huelga decir que la culpa no descansa solamente en el cliente moroso sino en la liviandad de las mismas empresas que dan por buena cualquier referencia sin preguntar a las personas involucradas si están de acuerdo con ello.
Peor aún, emplean dicha referencia (absolutamente verbal, sin documento, ni firma) como si fuera aval o garantía fiduciaria, abrogándose el derecho a reclamar de malas maneras en caso de adeudo incumplido.
Ojo con esto, una referencia no constituye un aval, carajo. Son dos asuntos muy distintos.
Una cosa es firmar de común acuerdo para garantizar algún contrato de un tercero (socio, familiar o amigo) y la otra es que, sin mediar firma ni autorización documentada, nuestro nombre sea empleado sin permiso.
La diferencia es que por la primera si estamos obligados a responder, en la medida en que se nos consultó y atravesamos firma, con identificación y hasta autoridad como testigo. Por la segunda nunca.
Y voy a repetir la frase para que quienes están viviendo situaciones así la tengan en cuenta: una referencia no constituye un aval, porque nada prueba que dimos nuestro consentimiento.
VENTAS SIN ESCRÚPULOS
Aunque ocurre que, en su maniaco afán de vender, son tan irresponsables las empresas de telefonía que prácticamente cualquier persona puede dar un nombre y un número (¡Hasta de un desconocido, del directorio telefónico!) para darlo como referente y las compañías alegremente lo dan por bueno.
No se sienten obligados a verificar que la persona exista, ni que conozca al referido y (más importante aún) que además esté de acuerdo en que su nombre y números queden anotados en dicho convenio.
Me intriga, en particular, el perfil psicológico (sádico, retorcido) de quienes aceptan ser entrenados por un salario mugriento para realizar estas tareas de reclamación telefónica.
Crueldad deliberada, ¿Pueden dormir con eso?, al parecer sí.
Saben bien que no les asiste razón y para ello sus capacitadores les hacen memorizar actitudes y argumentos inquisitoriales que, si bien carecen de fundamento legal, les permiten sostener su actitud de hostigamiento contra cualquier defensa racional de la víctima.
OFICIO TENEBROSO
Acaso el maestro del suspenso ALFRED HITCHCOCK pudo haber relatado personalidades así de tortuosas que en buena medida recuerdan al señor SMITH, el ubicuo policía de la MATRIX.
La charla típica…
-“Oiga, pero yo no autoricé que dieran mi nombre.”
-“Pues eso dicen todos.”
-“Créame, no autoricé, ¿Por qué no checan antes de firmar un contrato que las personas dadas como referencia realmente están de acuerdo?”
-“Pues mire señor, ninguna compañía lo hace y en todo caso usted puede demandar a la persona que usó su nombre o decirle que pague para que no le estemos llamando. ¡Vaya y dígale que pague!”
-“Disculpe, pero no tengo obligación ni tiempo de andar montando causas legales para que le paguen a usted, ni tampoco fungiendo como cobrador de su compañía, ¿Qué le pasa?”
-“Pues mientras no paguen le vamos a seguir llamando.”
-“¡Ora pues!”
Por fortuna existen los bloqueadores de números a los cuáles recurrir, sobre todo cuando deciden hostigarnos minuto a minuto, enfurecidos porque (después de intentar infructuosamente razonar con ellos) decidimos colgar la bocina.
Aunque ello no significa que nos hayamos librado del esa plaga, pues igual pueden llamar desde otra línea para perpetuar su acoso.
En nuestro México las cosas no avanzan todo lo rápido que uno quisiera, pues si bien la figura de la cobranza ilegítima ya ocupa un lugar en el vocabulario de los consumidores, legisladores y partidos políticos, todavía no se afianza lo suficiente en las leyes para impedir estos abusos.
Buen tema, sin duda, para quienes ahora buscan las diputaciones federales del entrante 2015.
BUZON: lopezarriaga21@prodigy.net.mx
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