DECRETO DE EPN MODIFICA REFORMA FISCAL
Cuestión Pública
Por: luis lauro carrillo Soto
Tamaulipas México.- Reglamentar solo tiene como objeto explicar y precisar una ley, sin alterarla ni modificarla; es decir, sin acotar ni maximizar su alcance. En consecuencia reglamentar no es legislar para ampliar atribuciones o para reformar o derogar la ley. Es decir que las autoridades solo pueden hacer lo que la ley les permite.
Viene a cuento lo anterior porque el el presidente Enrique Peña Nieto vía decreto realizó cambios a las leyes fiscales, al margen de lo aprobado por el Congreso, con la finalidad de reducir los efectos que tendrá en 2014 la aplicación de la reforma fiscal recién aprobada y cuidar la competitividad de los sectores afectados por la misma.
De ahí que lo antepuesto nada tendría de particular si no fuera porque la resolución de miscelánea fiscal comprende un amplio contenido normativo que de facto deroga la reforma fiscal, aun sin pasar por el proceso legislativo del Congreso que es el único facultado para legislar en todo lo relativo a las contribuciones.
De tal suerte que esas facultades legislativas de ninguna forma pueden delegarse al ejecutivo federal, porque romperían el principio constitucional de la división de poderes. Tampoco en las leyes contenidas en la reforma fiscal en los artículos transitorios no se faculta a la SHCP para tal efecto, más allá de la facultad reglamentaria.
Cabe señalar que a partir de régimen del presidente Ernesto Zedillo la Secretaría de Hacienda abandono la práctica de “legislar” en materia impositiva vía las otroras conocidas miscelánea fiscales, que cambiaban las reglas tributarias una o varias veces al año, sin importar lo que estableciera la ley.
En ese contexto, la cuestión radica en que lo decretado por el Presidente de la República de un plumazo cambia todo lo legislado por el Congreso, cobrando vigencia aquel refrán “ponernos a todos en el lomo de un venado” en materia tributaria.
Al efecto plantea liberar de la carga de IVA a los negocios que están actualmente en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).
De igual modo a las empresas dedicadas a la hotelería a extranjeros que participen en convenciones o congresos tendrán un estímulo fiscal equivalente al IVA, que a partir de enero se les cobrará. Este beneficio se aplicará siempre y cuando no trasladen el impuesto al cliente.
En similares circunstancias a los vendedores e importadores de turbosina, a los que ahora se les aplicará un impuesto especial (IEPS), se les otorgará una compensación equivalente a dicho gravamen.
En el mismo orden de ideas otro de los ajustes es que se darán facilidades de pago de derechos sobre ingresos a las empresas mineras que tienen una concesión, podrán hacerlo trimestralmente sobre la estimación de los ingresos anuales y no en una sola exhibición como establece la ley.
En cuanto a los chicles y gomas de mascar con el decreto de Peña Nieto, sólo pagarán el IVA y no así el IEPS.
Por otro lado analistas y legisladores opinan que la marcha atrás a la reforma fiscal del presidente Enrique Peña Nieto obedece a que cedió a los chantajes y presiones del sector privado que bajo presión fue obligado al expedir el decreto que suaviza y nulifica la reforma fiscal.
Por otra parte, otras voces han expresado que debido a los magros resultados de este primer año de gobierno en materia de seguridad, economía y una reforma fiscal lesiva, bajó la popularidad el presidente, con estas medidas recuperara las preferencias en las próximas mediciones o encuestas y de paso suaviza los efectos e impactos de la reforma fiscal.
Así pues, en los hechos en términos políticos y de imagen fue correcto pensar que el Ejecutivo hizo bien y no cabe la menor duda que en este caso tiene razón, sin embargo jurídicamente legislar por decreto en materia tributaria se violenta y se debilita el estado de derecho y se vulnera la división de poderes.
En ese tenor se modifica el Presupuesto de Ingresos, puesto que al prorrogar el término de entrada en vigor de las disposiciones fiscales, significa en términos financieros una disminución en los ingresos. Por consiguiente aumentará el déficit público, al bajar los ingresos sin disminuir igual los gastos, se traduce en mayor déficit; es decir, mayor deuda.
Por tanto se envía una clara señal a la sociedad de la discrecionalidad del gobierno de México en la aplicación y ejecución de las leyes propia de las dictaduras, que de inicio cambio la competitividad de las empresas por más ingresos fiscales, con esta medida aun antijurídica de alguna manera se ha se redimensiono el golpe a la clase media, a los contribuyentes cumplidos.
Tan grave como esto es el hecho de que esta situación pudo haberse evitado, ya que desde que se conoció las iniciativas de reforma fiscal, especialistas, analistas, académicos, organizaciones políticas de izquierda y empresariales rechazaron los cambios propuestos del ejecutivo por los efectos lesivos que generaría a la economía y la respuesta que se recibió de la SHCP fue el silencio.
En definitiva el decreto de de Peña Nieto que en los hechos derogo la reforma fiscal aprobada por el Congreso en la aplicación de los IVA, IEPS, entre otros gravámenes, al margen de que suaviza los efectos de las leyes fiscales, no es política ni jurídicamente correcto que el ejecutivo legisle invadiendo competencias del poder legislativo, ni tener discrecionalidad en la ejecución de las leyes.
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