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El Secretario del Ayuntamiento de Río Bravo: gato de angora.

Por Oscar Díaz Salazar.
Rafael Loret de Mola, padre de Carlos, el comentarista de Televisa, e hijo de Carlos, el ex Gobernador de Yucatán, compartió una anécdota que nos ilustra sobre la gran diferencia que existe entre los servidores públicos electos por el pueblo, y los empleados que llegan al puesto por designación.
Cito a continuación a Rafael Loret:
LA ANÉCDOTA
Contaba el maestro Alberto Trueba Urbina, destacado jurista, que cuando fungió como gobernador de Campeche,0+ un día no pudo soportar la insolencia de uno de tantos enviados del centro con aires de virrey:
— No se olvide –le dijo al funcionario federal– que yo soy la máxima autoridad de mi estado y electo para ejercer el cargo por mis paisanos. En cambio usted, señor ministro, no es superior al nivel de un “gato” del presidente. Aunque sea de Angora.
Recordé esta historia al escuchar las grabaciones de las sesiones del Cabildo de Río Bravo, y ver cómo pierden la proporción y la ubicación los funcionarios municipales que no entienden la gran diferencia que existe entre los empleados y los representantes populares. En concreto me refiero al Secretario del Ayuntamiento, Sergio Alfonso Sierra Hurtado.
A los Secretarios del Ayuntamiento los nombra el Alcalde con la aprobación del cabildo. O sea, el Secretario del Ayuntamiento es un empleado. Comparto con ustedes una serie de comentarios e interrogantes que debería responder, justificar y remediar el Secretario del Ayuntamiento, para cumplir con lo legalmente establecido,  y retomar el rumbo de la corrección y la cortesía política, que le obliga el cargo.  Tales acciones aplicadas en el desahogo de los temas en las sesiones de Cabildo.
Asunto 1.
¿Por qué son privadas las sesiones?
Asunto 2
¿Por qué no incluyen asuntos generales en el orden del día?
Asunto 3
¿Por qué no someten a votación la propuesta de órden del dia?
La reglas legales establecen que:
El orden del día, en principio, es solo una propuesta, que debe ser votada por el cabildo y hasta entonces tiene validez.
El Presidente Municipal no puede ni debe delegar ciertas funciones y obligaciones, entre otras, la de presidir las sesiones.
El Secretario del Ayuntamiento no debe intervenir, ni tiene asuntos que tratar en dichas reuniones. Su participación debe tener carácter informativo y solo cuando sea requerido por un miembro del Ayuntamiento.
La declaración de validez y de clausura de las sesiones, le corresponde hacerlas al Presidente Municipal.
Quien debe ceder la palabra en las sesiones, es el presidente, no el secretario.
Los asuntos, como el caso de la revocación de la donación de predios, debe ser atendido por quien preside o coordina la Comisión de Patrimonio.
Todo asunto que pasa a cabildo, debe llegar con un dictamen de la comisión respectiva. Lo que se vota es el dictamen, no la propuesta del presidente o de un secretario, esto implica que debe tener un trato previo en el que los regidores y síndicos, son los protagonistas.
Los temas y las comisiones no tienen dueño, todos los miembros del cabildo pueden tratar todos los asuntos.
No se deben permitir las interrumpciones a los miembros del Ayuntamiento cuando tienen la palabra, y menos que lo haga el Secretario.
El Secretario Alfonso Sierra debe entender que ya no es el Agente de Ministerio Público interrogando a presuntos delincuentes y amenazando con encerrar a sus interlocutores. Ya no tiene el apoyo de los agentes de la policía ministerial para imponer sus opiniones y atropellar los derechos de los regidores, que, por si no se ha dado cuenta, están por encima de todos los empleados municipales en el organigrama y en la jerarquía del gobierno municipal.
El Secretario del Ayuntamiento debe de disminuir su protagonismo fuera de lugar. El secretario Sierra debe tomar conciencia del lugar que ocupa en el gobierno municipal de Río Bravo, Tamaulipas y no olvidar que por mas atractivos que resulten los de Angora, no dejan de ser gatos.

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