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Clama Tomás Yarrigton no quiere ser Juzgado en Estados Unidos

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*La atracción es una intervención extraordinaria de la Suprema Corte en un asunto que tendría que ser resuelto por un tribunal colegiado y, para otorgarla, es necesario que existan temas jurídicos novedosos o relevantes, con independencia de las personas involucradas en el litigio.

México, D.F./Agencia Reforma -29 mayo.- El exgobernador prófugo solicita atraer su caso sobre orden de captura; en EU también es buscado por narcotráfico, lavado de dinero y fraude bancario

Tomás Yarrington, exgobernador prófugo de Tamaulipas, solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejercer su facultad de atracción para revisar la orden de aprehensión que enfrenta desde el año pasado por colaboración con el narcotráfico.

La orden fue librada por un juez federal de Matamoros y el 28 de febrero fue confirmada por el Juez Cuarto de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, Francisco Javier Sarabia, quien negó el amparo promovido por Yarrington.

Además de la acusación en México, el exmandatario matamorense también enfrenta una orden de captura librada por una Corte Federal de Brownsville, Texas, en la que es señalado por ocho cargos de lavado de dinero, narcotráfico, empresa criminal continua y fraude bancario.

El exgobernador no está legitimado para solicitar la atracción en México y tiene pocas posibilidades de que alguno de los ministros de la Primera Sala de la Corte haga suya la petición, pues tendría que demostrar que su caso tiene características jurídicas de importancia excepcional.

Al negar el amparo, el juez Sarabia afirmó que ‘‘la existencia de la conducta externada por el activo encaminada al fomento para posibilitar la ejecución de delitos contra la salud se encuentra acreditada con los atestos que emitieron los testigos colaboradores con nombres claves Ángeles, Óscar, Pedro, Pitufo, Yeraldín y Rufino’’.

Yarrington sostiene que el juez que ordenó la aprehensión se equivocó al dar valor al dicho de los testigos protegidos porque estos sólo pueden ser tomados en cuenta cuando se trata de un proceso por violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

En este caso, el mismo juez rechazó que existieran elementos para procesar a Yarrington por delincuencia organizada y sólo autorizó la captura por fomento al narcotráfico, delito previsto en el Código Penal Federal.

Sin embargo, Sarabia replicó que fue correcto valorar los testimonios como si fuera cualquier otra prueba aportada a una causa penal, sin importar si hay o no delincuencia organizada.

En la actualidad, el expediente está a revisión en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal, al que la Corte ordenó esta semana que envíe todos los antecedentes del caso para ponerlos a consideración de los ministros, quienes informan en sesiones privadas si alguno tiene interés en atraerlo

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