Nacional

…¡Y LA VIOLARON!

Por: Oscar R. Castañeda Montemayor.

Amparo Federal: Contra la Violación A Derechos Humanos Art. 19 y Arts. 6 y 7 De Nuestra Costitucion Mexicana

“Debiera darles vergüenza y renunciar  todos los diputados e ignorantes anticonstitucionalistas, quienes le prepararon el proyecto de esta reforma al Gobernador, quien en los próximos días será famoso ahora por esto, y no por haber sacado el mayor numero de votos en las pasadas elecciones.”

Siendo publicada en el diario oficial la recientemente aprobada reforma penal para nuestro Estado de Tamaulipas, aprobada irresponsable-mente por el Congreso del Estado por unanimidad, de manera inmediata y sin análisis, bajo pretexto de la “enorme importancia” en su concepto de valoración; les fue mas urgente aprobar que verificar no se violentaran los derechos humanos internacionales, universales, específicamente el articulo 19, atentando así directamente contra nuestros derechos  consagrados en los artículos 6 y 7 de nuestra tantas veces violada  Carta Magna…la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El único recurso viable y efectivo para hacer valer nuestros derechos de libre expresión y comunicación, en caso de que no corrijan  o impidan su publicación oficial es recurrir al derecho de solicitar el recurso legal de amparo federal.

Violaciones a la constitución según el criterio jurídico de diversos juristas consultados, que establecen como inconstitucional la reforma aprobada. FUNDAMENTALMENTE; para ilustración y fácil comprensión de quienes no estén enterados de nuestros derechos aquí se los exponemos.

ARTICULO 189.- Se entiende por ultraje toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada contra algún servidor público estatal o municipal o contra instituciones públicas que pueda implicar ofensa o desprecio.

Definición de expresión: Expresión facial, manifestación de los sentimientos a través del rostro; Expresión sonora, sistema de comunicación a través de señales acústicas inteligibles; Expresión oral, conjunto de técnicas que determinan las pautas generales que deben seguirse para comunicarse oralmente.

Este articulado viola en forma directa nuestra Constitución Política Mexicana, que señala en el Artículo 7o. “Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio”.

“No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones”.

“Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.”

Las expresiones es una forma que tiene el ciudadano de compartir sus opiniones o ideas, ya que dichas expresiones se manifiestan de diferentes formas, por ningún motivo pueden ser violadas y se encuentran protegidas dentro de nuestros derechos Constitucionales.

Situación ademas que preveo sera justificación y recurso incluso para demandarse entre partidos por las declaraciones de lideres y candidatos o aspirantes a cargos de elección popular, de gobiernos de los tres niveles y congresos locales,diputados federales y senadores, ciudadanos contra ciudadanos incluyendo claro esta a los periodistas y medios de comunicación.

Es un blindaje inconstitucional con el que se autoprotegerian  básicamente todos los funcionarios de gobierno…re-inserto el articulo a que me refiero.

ARTICULO 189.- Se entiende por ultraje toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada contra algún servidor público estatal o municipal o contra instituciones públicas que pueda implicar ofensa o desprecio. 

Ultrajaremos entonces de manera directa e indirecta si a juicio de quien imparte justicia ofendemos o despreciamos a estos sensibles e inmaculados funcionarios que seguramente nos demandaran penalmente, mucho trabajo se avecina para todos los abogados que andan sin chamba, serian los beneficiarios de esta acción inconstitucional. Pretenden ser intocables ; incluso demandarían a Dios si pudieran, si les molesta el clima o su insatisfacciones en la vida, incluso si se sintieran frustrados en sus aspiraciones políticas y financieras.

ARTÍCULO 207 Quáter.- Al que sin autorización utilice o copie o modifique información contenida en sistemas o equipos de informática o redes sociales, protegida por algún mecanismo de seguridad que modifique, dañe o desprestigie a alguna persona o institución privada, se le impondrá una sanción de dos a cinco años de prisión y multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Este tipo penal al ser un tipo penal abierto censura la redes sociales, ya que dichas redes, al no encontrarse reguladas, que estaría al criterio del órgano Judicial en lo absoluto, de “cerrar” o concluir la descripción típica, supuesto que resultaría incluso incompatible con un sistema o Estado de derecho en el que se respete el principio de exacta aplicación de la ley penal (nullum crimen sine lege); ya que al encontrarse dicha información en la redes sociales, sería imposible en señalar al propietario legal de dicho material, para poder solicitar la autorización para utilizar, copiar o modificar la información.

No obstante que gracias a las manifestaciones y campaña de apoyo y reproducción de “memes” en campaña, lograron llegar al poder estos débiles candidatos hoy diputados… gracias al efecto que los cibernautas en redes sociales creamos, llamado el “Efecto Cabeza de Vaca”…llegaron al Congreso del Estado, ya no se acuerdan que la  gran mayoría eran desconocidos o cartuchos muy quemados, incluyendo alcaldesas y alcaldes, ahora parece que llegaron por valor único y personal, no se diga del actual gobernador al que la gran mayoría de medios tradicionales le tupieron duro en bajos y testa incluso metiéndose fuerte con su familia.

Pero ya están sentados en el poder, y se sienten inamovibles.

¿Sera por lo efectivo de este efecto demoledor ¡QUE SACA AL PRI DEL PODER!… que es una amenaza para los auto-blindados hoy?…¿Temen una colosal demanda de cumplimientos de promesas de campaña?…¿me demandaran también por pensar?…¿por plantear preguntas por escrito o verbalmente? eso yo creo se les  olvido coartar, tal vez les estoy abriendo los ojos…aunque claro ahora con esta nueva reforma…directa o indirectamente presumirán ante la autoridad penal que les “pico los ojos” y eso como queda a plena interpretación de quien impartirá justicia, pudiera terminar en que se me acuse no solo de ultraje y desprecio…tal vez cabe hasta daño y trauma psicológico. por ultimo solo falta que aprueben también sea de aplicación retroactiva a su publicación en el diario oficial.

Artículo 7º.- “Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito”.

En lo referente a la cambios en el tema y nueva tipificacion, (novedosa calificaron juristas) en delitos de “halconeo” y los demás que no mencionamos, avanzaron mucho.

Pero ahora los periodistas de nota policíaca y medios de comunicación no podremos transmitir en vivo ni informarles del peligro que corran en caso de situaciones de riesgo…solo después de que hayan sucedido. Así que de otra manera…Dios les bendiga si por falta de información se meten en fuego cruzado o son sorprendidos en medio de este tipo de situaciones, si no tiene con que comunicar a sus familiares…pues déjelos que se enteren CUANDO PUEDA LLEGAR A CASA…  en los medios, mucho después de que pasen los hechos.

Debiera darles vergüenza y renunciar  todos los diputados y el ignorante o ignorantes anticonstitucionalistas, quien (es) le prepararon el proyecto de esta reforma al Gobernador que en los próximos días sera famoso ahora por esto, no por haber sacado el mayor numero de votos nacionalmente en las pasadas elecciones.

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